ALEX EDUARDO HERRERA SALVO C/ CRISTIAN ALEXIS HIGUERA MUÑOZ
Rol
O-807-2022
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de marzo del año 2022 aproximadamente a las 10.25 hrs en Avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez intersección con Pasaje El Ajial, Comuna de la Granja, funcionarios policiales fiscalizaron al imputado CRISTIAN ALEXIS HIGUERA MUÑOZ quien conducía una motocicleta que mantenía borrado uno de los números de su placa identificatoria, pudiendo verificar que el vehículo que conducía el imputado correspondía al P.P.U. NA.0495 , el cual mantenía encargo vigente del SEBV N° 20_1103_3917por el delito de Apropiación indebida, el que se originó por la denuncia del 29 de marzo del año 2011 realizada por Cristian Retamales Tiska, conociendo o no pudiendo menos que conocer el imputado el origen ilícito de dicha especie ya que la chapa de contacto del vehículo se mantenía en forma artesanal. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15, 30, 70, 456 bis a) del Código Penal; Ley 18216; artículos 407 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CRISTIAN ALEXIS HIGUERA MUÑOZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, en grado de desarrollo CONSUMADO, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal, perpetrado en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 24 de marzo del año 2022, a sufrir las siguientes penas: QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena; una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; todo lo anterior SIN COSTAS. II.- Que para el cumplimiento de la pena corporal se le concederá la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, quedando sujeto a la observancia de Gendarmería de Chile por el término de DOS AÑOS. Se deja constancia que para el evento de revocación de esta pena sustitutiva, y que debiese de cumplir de manera real y efectiva la pena impuesta, no cuenta con abonos a su favor. III.- Que la pena
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CRISTIAN ALEXIS HIGUERA MUÑOZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, en grado de desarrollo CONSUMADO, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal, perpetrado en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 24 de marzo del año 2022, a sufrir las siguientes penas: QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena; una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; todo lo anterior SIN COSTAS. II.- Que para el cumplimiento de la pena corporal se le concederá la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, quedando sujeto a la observancia de Gendarmería de Chile por el término de DOS AÑOS. Se deja constancia que para el evento de revocación de esta pena sustitutiva, y que debiese de cumplir de manera real y efectiva la pena impuesta, no cuenta con abonos a su favor. III.- Que la pena de multa se tendrá por cumplida atendido el día que el imputado permaneció privado de libertad en la presente causa, con ocasión de la audiencia de Control de la Detención, el día 20 de marzo del año 2022. IV.- Que una vez que esta sentencia adquiera el carácter de firme y ejecutoriada, se ordena dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18216, que dispone la omisión de la anotación para fines laborales, debiendo oficiarse al efecto al Servicio de Reg
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RESUMEN RIT : 807 - 2022 RUC : 2200261908-7 MATERIA : RECEPTACION VEHÍCULO MOTORIZADO IMPUTADO : CRISTIAN ALEXIS HIGUERA MUÑOZ C.I. N° : 14895706-1 DOMICILIO : JUAN DIAZ DE SOLIS Nº 9440. LA GRANJA FISCAL : PAULINA DIAZ OBILINOVIC DEFENSOR : FELIPE ANDRÉS BRAVO SOTOMAYOR ATENUANTES : ARTICULO 11 N°6 Y 11 N°9 CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Sant
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