1º Juzgado de Letras de San Carlos

PACHECO/

Rol

V-1-2020

Fecha

13 de noviembre de 2020

Materia

PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Con fecha 08 de enero de 2020, folio 1, comparece doña MARGARITA INÉS PACHECO CARO, labores de casa, casada, domiciliada en calle General Venegas N°080, comuna de San Carlos, quien solicita se admita información para perpetua memoria de los testigos don Raúl Rolando Romero Godoy, agricultor, casado, cédula de identidad N° 3.129.793-1, domiciliado en calle Serrano N°482 de esta comuna; doña Marcela Cecilia Campos del Pino, jubilada, soltera, cédula de identidad N°6.094.385-0, domiciliada en calle David Gazmuri N°161, de esta comuna, y don Donato Segundo Carrasco Toro, jubilado, casado, cédula de identidad N°6.988.109-2, domiciliado en Ernesto Riquelme N°256 de la comuna de San Carlos; quienes declararán sobre los siguientes hechos: 1) Si conoció a doña Margarita María Caro; 2) Si era conocida por otro nombre; 3) Dónde la conoció y desde cuándo; 4) Por qué era conocida como Margarita María Caro o María Margarita Caro Caro; 5) Si tiene conocimiento qué hubiere comprado o adquirido un inmueble en calle General Venegas de la comuna de San Carlos; 6) Si tiene conocimiento cómo se individualizó en la respectiva adquisición del inmueble; y 7) Si doña Margarita María Caro o María Margarita Caro Caro era soltera o casada. En definitiva solicita se admita la información para perpetua memoria, se apruebe y se otorgue copia de ella. Con fecha 14 de enero de 2020, folio 4, se tuvo por iniciada la gestión y se ordenó informe del señor Defensor Público. Con fecha 13 de marzo de 2020, folio 7, rola información sumaria de los siguientes testigos ofrecidos en la solicitud: a) Don Raúl Rolando Romero Godoy, quien expuso conocer a doña Margarita María Caro en el año 1957 aproximadamente, en su local comercial (panadería) ubicado en calle General Venegas, antes de llegar a la alameda de calle Arturo Prat de esta ciudad; sostiene que aquélla no era conocida por otro nombre, y que él la conoció como Margarita María Caro; sabe que ella compró un inmueble en calle General Venegas po

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 384 N°2, 817, 818, 826, 828, 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se aprueba la información para perpetua memoria rendida en estos autos a folio 7, sólo respecto de los hechos consignados en los numerales 1), 3) y 5) de lo expositivo de este fallo, y conforme lo establecido en el artículo 914 del Código de Procedimiento Civil, dicha información tendrá el valor de presunción legal en lo que en derecho corresponda. II.- Que, se rechaza en lo demás la misma solicitud, conforme a lo expuesto en el motivo tercero de esta sentencia. III.- Obténgase por el interesado copia de lo obrado a través del sistema de tramitación virtual. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol V-1-2020.- Dictada por doña Débora Beatriz Riquelme Contreras, Juez Titular del Juzgado de Letras de San Carlos. Se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. San Carlos, trece de noviembre de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-13T17:15:55-0300

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Rol : V-1-2020.- Materia : Perpetua memoria, información (I07) Solicitante : Pacheco Caro, Margarita Inés Fecha de Inicio : 08 de enero de 2020.- San Carlos, trece de noviembre de dos mil veinte. VISTO: Con fecha 08 de enero de 2020, folio 1, comparece doña MARGARITA INÉS PACHECO CARO, labores de casa, casada, domiciliada en calle General Venegas N°080, comuna de San Carlos, quien solicita se adm

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