RAUL EDUARDO FARIAS PINCHEIRA C/ MIGUEL ALFONZO BUSTOS MOLINA
Rol
O-936-2023
Fecha
16 de octubre de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: En horas de la madrugada del día 08 de febrero de 2023, aproximadamente a las 04:30 horas, el imputado Miguel Alfonzo Bustos Molina, con la intención de sustraer especies, concurrió hasta local comercial correspondiente a ferretería Centenario ubicado en calle Coilaco N° 30, Nueva Imperial, de propiedad de la víctima de iniciales R. E. F. P., y para ingresar al local comercial referido fracturó puerta externa de dependencia anexa al local comercial, ingresando a esta dependencia desocupada desde al cual efectuó un forado hacia ferretería, ingresando al interior de ésta y sustrayendo diversas especies tales como alargadores, dos hachas, sierras, cuñas partidoras de madera, herramientas varias, pinturas, y una carretilla marca el constructor en la cual el imputado introdujo todas las demás especies, abandonando el lugar las especies sustraídas. PARTE RESOLUTIVA: Por tales consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº9, 12 N°16, 14, 15 N° 1, 18, 21, 22, 25, 30, 50, 432, 442 N° 1 y 449 bis del Código Penal, artículos 406, 407, 409 y 413 del Código Procesal Penal, RESUELVO: I.- Que, se condena a MIGUEL ALFONZO BUSTOS MOLINA, Cédula de Identidad N°16.046.512-3, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor de un delito consumado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 en relación al 432 del Código Penal, perpetrado en Nueva Imperial el día ocho de febrero de dos mil veintitrés, en perjuicio de R.E.F.P. II.- Que, reuniendo el sentenciado, a la fecha de los hechos, los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, bajo la modalidad de reclusión NOCT
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Nueva Imperial, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. Conforme al artículo 62 inciso 3ª del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. LOS HECHOS: En horas de la madrugada del día 08 de febrero de 2023, aproximadamente a las 04:30 horas, el imputado Miguel Alfonzo Bustos Molina, con la intención de sustraer especies, con
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