MP C/ MARÍA ISABEL SEPÚLVEDA MAZUELA
Rol
O-4148-2023
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 5 de mayo del 2023 aproximadamente a las 12:34 horas al interior de la tienda Falabella ubicada en calle Sucre 250, de la ciudad de Viña del mar, la imputada María Isabel Sepúlveda Mazuela sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño especies consistentes en, un perfume marca Cecilia Boloco, un SKR Floral 50 ml, los cuales oculto al interior de una bolsa para posteriormente traspasar las líneas sin pagar dichos estos productos avaluados en la suma total de $50.980 pesos, siendo detenida por guardias de seguridad de la tienda. SENTENCIA. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: I. Que se condena a la imputada MARÍA ISABEL SEPÚLVEDA MAZUELA, ya individualizada en esta audiencia, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, todo por su responsabilidad en calidad de autora, de un delito frustrado de hurto simple del artículo 446 número 3 del Código Penal, por los hechos cometidos el día 5 de mayo del año 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II. Segundo, tal como se adelantó, se accederá a la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el plazo de un año. La imputada deberá presentarse el día jueves 26 de octubre, ante el CRS de Valparaíso, bajo apercibimiento de despacharse un orden de detención en su contra. Código: RFEXXXBCVTS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III. En tercer lugar, la multa se tiene por cumplida. IV. En quinto lugar, se declara que no se condena en costas a la sentenciada por haber renunciado a su derecho a un juicio. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictó don FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI, Juez (S) de Garantía de Viña del Mar. Código: RFEXXXBCVTS Este do
Fallo
se declara que no se condena en costas a la sentenciada por haber renunciado a su derecho a un juicio. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictó don FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI, Juez (S) de Garantía de Viña del Mar. Código: RFEXXXBCVTS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-17T23:23:09-0300
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar, diecisiete de octubre de dos mil veintitrés RUC 2300491987-4 RIT 4148 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MARÍA ISABEL SEPÚLVEDA MAZUELA 0016416406-3 Calle IRENE FREI 98-A NUEVA AURORA Nº 98-A Viña del Mar. Hechos: El día 5 de mayo del 2023 aproximadamente a las 12:34 horas al interior de la tienda Falabella ubicada en calle Sucre 250, de la ciudad de Viña del mar, la
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