ANONIMIZADO
Rol
F-431-2023
Fecha
3 de julio de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
Quilpué, tres de julio de dos mil veintitrés. A sus antecedentes opinión de la Consejera Técnica del Tribunal, doña María Alejandra Villalón Ponce. Atendido lo expuesto por la parte denunciante en comunicación telefónica con el Consejo Técnico, lo sugerido por la Consejera,
Fundamentos
considerando que, de acuerdo a lo señalado por la propia afectada, el hecho denunciando tendría un carácter puntual, por lo que no revestiría la gravedad y permanencia en el tiempo para enmarcarse en la hipótesis del artículo 5 de la Ley 20.066, manifestando expresamente su intención de no perseverar en la tramitación de la presente causa, y correspondiéndole a aquella la carga de ratificar en audiencia la denuncia y acreditar en...
Texto Completo (Preview)
Quilpué, tres de julio de dos mil veintitrés. A sus antecedentes opinión de la Consejera Técnica del Tribunal, doña María Alejandra Villalón Ponce. Atendido lo expuesto por la parte denunciante en comunicación telefónica con el Consejo Técnico, lo sugerido por la Consejera, considerando que, de acuerdo a lo señalado por la propia afectada, el hecho denunciando tendría un carácter puntual, por lo q
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