1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

AGUILAR/COMERCIAL SOLO FRESCO S.A.

Rol

T-958-2021

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

Art. 485 inciso 3º CT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto entonces además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 58, 59, 63, 71, 73, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 454, 459, 485, 489, 493 y siguientes del Código del Trabajo se declara: I. Que se rechaza la excepción de pago. II. Que se acoge la excepción de compensación hasta por la suma de $3.000.000 al día de hoy. III. Que se acoge la demanda reconvencional en cuanto al reconocimiento de la deuda por $10.000.000 en las condiciones y modalidades que ya se han establecido en la sentencia. IV. Que se acoge la demanda interpuesta por FELIPE RAFAEL AGUILAR MIRANDA cedula de identidad N° 12.264.044-2 en contra de en contra de COMERCIAL SOLO FRESCO S.A. Rut N° 76.102.347-0 solo en cuanto se declara que el despido sufrido con fecha 28 de mayo de 2021 es indebido, debiendo la demandada pagar las siguientes indemnizaciones por termino de contrato. a) Sustitutiva de aviso previo por $2.082.929. b) Años de servicio por $2.082.929. c) Recargo legal del 80% por la suma de $1.666.343. V. Que en todo lo demás se rechaza la demanda. VI. Las sumas ordenadas pagar en favor del demandante están sujetos a los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VII. No se condena en costas a la demandada por no haber sido completamente vencida. RIT T-958-2021 RUC 21-4-0347717-3 Dictada en audiencia por don EDUARDO RAMIREZ URQUIZA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a siete de marzo de dos mil veintidos. REGISTRO DE AUDIO

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago FELIPE RAFAEL AGUILAR MIRANDA cedula de identidad N° 12.264.044-2, con domicilio en Larraín 6.150, departamento 204, comuna de La Reina interponiendo demanda en procedimiento de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido en contra de COMERCIAL SOLO FRESCO S.A. Rut N° 76.102.347-0, representada por Marisol Leandra Bobadilla Ferrer, según dice la demanda, Rut N° 9.154.481-3, con domicilio en Avda. Las Parcelas 7.950, comuna de Peñalolén. Y visto entonces además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 58, 59, 63, 71, 73, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 454, 459, 485, 489, 493 y siguientes del Código del Trabajo

Fallo

se declara: I. Que se rechaza la excepción de pago. II. Que se acoge la excepción de compensación hasta por la suma de $3.000.000 al día de hoy. III. Que se acoge la demanda reconvencional en cuanto al reconocimiento de la deuda por $10.000.000 en las condiciones y modalidades que ya se han establecido en la sentencia. IV. Que se acoge la demanda interpuesta por FELIPE RAFAEL AGUILAR MIRANDA cedula de identidad N° 12.264.044-2 en contra de en contra de COMERCIAL SOLO FRESCO S.A. Rut N° 76.102.347-0 solo en cuanto se declara que el despido sufrido con fecha 28 de mayo de 2021 es indebido, debiendo la demandada pagar las siguientes indemnizaciones por termino de contrato. a) Sustitutiva de aviso previo por $2.082.929. b) Años de servicio por $2.082.929. c) Recargo legal del 80% por la suma de $1.666.343. V. Que en todo lo demás se rechaza la demanda. VI. Las sumas ordenadas pagar en favor del demandante están sujetos a los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VII. No se condena en costas a la demandada por no haber sido completamente vencida. RIT T-958-2021 RUC 21-4-0347717-3 Dictada en audiencia por don EDUARDO RAMIREZ URQUIZA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuen

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 07 de marzo de 2022 RUC 21-4-0347717-3 RIT T-958-2021 CARATULADO AGUILAR / COMERCIAL SOLO FRESCO S.A. MAGISTRADO EDUARDO RAMIREZ URQUIZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ariel Jorquera Torres HORA DE INICIO 11:54 Horas HORA DE TERMINO 14:30 Horas SALA VIRTUAL S

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica