Juzgado de Garantía de Concepción.

MP C/ PEDRO OSVALDO RIFFO RAMÍREZ

Rol

O-2237-2023

Fecha

16 de octubre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Constan íntegramente en el registro de audios del Tribunal, atendido lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Sustituye procedimiento: Detalle del Hito Oídos los intervinientes,

Fundamentos

considerando las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que concurren en la especie y la pena que, en definitiva se solicita respecto del imputado PEDRO OSVALDO RIFFO RAMÍREZ; el Tribunal tiene por sustituido el procedimiento y dispone continuar la tramitación de esta causa de conformidad a las normas del procedimiento simplificado. Sentencia en procedimiento simplificado con admisión de responsabilidad. Causa: Detalle del Hito Fecha de deliberación dieciséis de octubre de dos mil veintitrés RUC 2310016330-6 RIT 2237 - 2023 RELACIONES: PEDRO OSVALDO Juez redactor CAROLINA ANDREA Código: PXDKXXZFXZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl LLANOS OJEDARIFFO RAMÍREZ/ Robo en lugar no habitado.. Resultado Condenado. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ PEDRO OSVALDO RIFFO RAMÍREZ. Concepción, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 15, 442 y demás normas pertinentes del Código Penal; 297 y 395 y demás normas correspondientes del Código Procesal Penal;

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a PEDRO OSVALDO RIFFO RAMÍREZ, cédula nacional de identidad N° 17.892.237-8, ya individualizado, en calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, hecho acontecido en esta comuna de Concepción el día 30 de marzo del año 2023, en perjuicio del local Electro Cell, ubicado en Calle Freire N° 829 de Concepción, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, no siendo procedente respecto del imputado pena sustitutiva que ha establecido la Ley N° 18.216, el cumplimiento tendrá el carácter de efectivo, disponiendo su ingreso al Centro Penal Bio Bío, sirviéndole de abono los días en que se ha encontrado privado de libertad en estos antecedentes, un día, conforme detención acontecida con fecha 30 de marzo del año 2023, por un lapso superior a 12 horas y por haberse decretado su arresto domiciliario total con fecha 31 de marzo del año 2023, la cual consta suspendida con fecha 05 de abril del año 2023, procede a abonar además respecto del imputado cinco días, al tenor de lo dispuesto en el artículo 148 del Código Procesal Penal. III. Que, atenta la admisión de responsabilidad se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase en su oportunidad con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. ANÓTESE, REGÍS

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado y aumento de plazo de la investigación. Fecha Concepción, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés Magistrado CAROLINA ANDREA LLANOS OJEDA Fiscal JORGE LORCA RODRÍGUEZ Defensor LESLIE CONCHA ESPARZA Hora inicio 09:59 horas Hora término 10:05 horas Sala 1 / Romina Campillo Améstica Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2310016330

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