FIGUEROA CON FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A
Rol
M-375-2022
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACÍFICOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X A los escritos presentados por la parte demandada, se provee: Téngase presente y por acompañado los documentos Al escrito presentado por la parte demandada, se provee: Téngase presente el patrocinio y poder que se otorga. Al escrito presentado por la parte demandada, se provee: Téngase presente la delegación de poder: A los escritos presentados por ambas partes, se provee: Téngase presente, por cumplido lo ordenado y digitalizado los documentos de ambas partes. Excepciones: La parte demandada, en su contestación de la demanda, viene en oponer excepción de finiquito. Habiendo el Tribunal conferido traslado a la parte demandante para contestar dicha excepción, resuelve el tribunal dejar su resolución para definitiva. Lo anterior, según los
Fundamentos
fundamentos que constan en el registro de audio. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1) Existencia de la relación laboral iniciada con fecha 07 de agosto de 2018. 2) El hecho del despido por artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo el 15 de septiembre de 2020. 3) Remuneración del demandante para efectos del cálculo a indemnización por término de la relación laboral por $2. 577.414.- 4) Que los montos descontados por aporte empleador al seguro de cesantía asciende a $993.328.- Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Hechos contendidos en la carta de despido y su efectividad. 2) Termino y condiciones del finiquito suscritos entre las partes y su correspondiente reserva. Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Finiquito ratificado por el actor ante notario público. 2) Certificado de descuento afc. 3) Carta de despido de fecha 15 de septiembre 2020 mas comprobantes de envío. 4) Contrato de trabajo del demandante 5) Ordinario 601 de fecha 25 mayo 2020 del Director Regional del Trabajo Región del BioBío 6) Informe del Mercado Automotor enero a junio 2020 emitido por ANAC 7) Informe del Mercado Automotor julio 2020 a enero 2021 emitido por ANAC Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) María Josefina Díaz Guzmán, 17.267.196-9 2) José Galaz Thauby, rut 12604309-0 La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 7 de agosto de 2018. 2) Correo electrónico de fecha 1 de septiembre de 2020 enviado por el Gerente General Marcelo González Garay. 3) Carta de despido de fecha 15 de septiembre de 2020. 4) Finiquito de fecha 17 de septiembre de 2020 suscrito por el demandante el 3 de diciembre de 2020. 5) Noticia publicada en el Diario Financiero con fecha 2 de diciembre de 2020 titulada “Venta de autos en noviembre crecen y cerraría con 250.000 unidades comercializadas”. 6) Noticia publicada en el Diario Financiero con fecha 4 diciembre de 2020 titulada “Primer retiro del 10% previsional impulsa resultados de financieras automotrices”. 7) Noticia publicada por el sitio web de la empresa Autocosmos con fecha 3 de noviembre de 2020 titulada “ Venta de autos en Chile: un octubre brillante para el mercado”. 8) Memoria Anual del año 2020 de Forum Servicios Financieros S.A. Confesional: La parte demandante se desiste de dicha prueba. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por FRANCISCO JAVIER FIGUEROA CABELLO en contra de la empresa FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., ambos individualizados precedentemente, sólo en cuanto, se declara que el despido efectuado al demandante con fecha 15 de septiembre de 2020 resulta injustificado, en razón de lo cual se condena a la demandada al pago de la suma de $1.546.448.- por concepto de recargo legal de la indemnización por años de servicios. Suma que deberá ser pagada con reajustes e intereses conforme lo dispone el artículo 173 del Código del Trabajo. II. Que se acoge la excepción de finiquito respecto de la prestación de devolución de los montos aportados por el empleador al seguro de cesantía en razón de lo cual se desecha la misma. III. Que en atención a lo resuelto cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dictada por don FRANCISCO VEAS VERA, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, siete de marzo de dos mil veintidós.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 07 DE MARZO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 5 RUC 22-4-0385481-K RIT M-375-2022 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARCELA FLORES GODOY HORA DE INICIO 11:21 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:31 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240385481-K-1349 PARTE
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