ANTOFAGASTA MINERALS S.A/
Rol
V-98-2019
Fecha
17 de noviembre de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO.- Que, don Jos Manuel Cort s Leightoné é , chileno, soltero, abogado, c dula de identidad Nº 17.086.247-3 en representaci n deé ó ANTOFAGASTA MINERALS S.A, sociedad chilena del giro de su denominaci n,ó RUT. N°93.920.000-2, ambos domiciliados en Apoquindo N°4001 piso 18, Las Condes, Santiago, con fecha 29 de enero de 2019, siendo las 18:42 horas, solicitó concesi n minera de EXPLOTACION, que denominar ó á “ADELA C 5, 1 AL 30”, con una superficie de 300 hect reas. á SEGUNDO.- Que, la manifestaci n minera se realiz haciendo uso deló ó derecho conferido por los art culos 44 N°5 y 41 del C digo de Miner a,í ó í invocando la concesi n de exploraci n denominada ó ó “ADELA C 5”, de propiedad de su mandante, cuyo pedimento se present el d a 27 de julio de 2016, ante eló í Segundo Juzgado de Letras de El Loa Calama, dict ndose sentencia constitutiva,á con fecha 1 de febrero de 2017, inscrita a fojas 3409, bajo el N° 2024 de fecha 10 de mayo de 2.017 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama. TERCERO.- Que, en virtud a lo expuesto en el
Fundamentos
considerando anterior, el Tribunal al proveer la solicitud de mensura, tuvo como fecha de presentaci n de laó manifestaci n minera el d a 27 de julio de 2016, a las 10:58 horas, fecha queó í corresponde a la presentaci n del pedimento minero que dio lugar a la concesi nó ó de exploraci n invocada.ó CUARTO.- Que, la manifestaci n minera fue inscrita a fojas 1.048, bajo eló Nº605 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 08 de febrero de 2019. QUINTO.- Que, dicha manifestaci n fue publicada con fecha 25 de febreroó de 2.019, en el Bolet n Oficial de Miner a de la Segunda Regi n, Provinciasí í ó Antofagasta, Tocopilla y El Loa, edici n Nº 42.289, seg n consta en autos.ó ú SEXTO.- Que, no hay constancia en autos de que se haya deducido oposici n a la solicitud de mensura de estas pertenencias, dentro de plazo legal.ó SEPTIMO.- Que, la solicitud de mensura fue publicada con fecha 07 de octubre de 2.019, en el Diario Oficial, edici n Nº 42.471, seg n consta en autos.ó ú OCTAVO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 10 de julio de 2020 mediante oficio N°4049 inform conó observaciones la operaci n de mensura, infringi ndose los art culos 37 inciso 3° yó é í 39 inciso 1° del Reglamento del C digo de Miner a. Puestas en conocimiento deló í solicitante, con fecha 21 de agosto de 2020, subsana las observaciones informadas por el servicio. Luego, con fecha 2 de octubre de 2020, mediante oficio N°5711 informó que los aspectos t cnicos relacionados con la operaci n de mensura, su acta yé ó plano, est n correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superiorá de la pertenencia se ajusta a la Ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Adem s,á el perito ha presentado una declaraci n jurada a este servicio como antecedenteó t cnico, de acuerdo a lo establecido por el art culo 33 bis del reglamento delé í C digo de Miner a, acreditando que el hito de mensura y sus respectivos linderosó í han sido correctamente colocados. NOVENO.- Que, el acta y plano de la mensura de estas pertenencias, constan que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superioré de la manifestaci n minera de explotaci n, denominada ó ó “ADELA C 5, 1 AL 30”, con una superficie de 300 hect reas, solicitadas y mensuradas, materia deá esta concesi n son:ó VERTICE NORTE ESTE L 1 7.498.000,00 502.000,00 L 2 7.498.000,00 505.000,00 L 3 7.497.000,00 505.000,00 L 4 7.497.000,00 502.000,00 DECIMO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pago deó la tasa de manifestaci n y la patente proporcional, seg n consta en autos.ó ú DECIMOPRIMERO.- Que con fecha 3 de noviembre de 2020, se trajeron los autos para fallo. Con lo relacionado y considerando : que del an lisis de los antecedentes queá obran en autos y el m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a yé é í Miner a, la
Fallo
Fallo : 3 de noviembre de 2020 Calama, diecisiete de noviembre de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO.- Que, don Jos Manuel Cort s Leightoné é , chileno, soltero, abogado, c dula de identidad Nº 17.086.247-3 en representaci n deé ó ANTOFAGASTA MINERALS S.A, sociedad chilena del giro de su denominaci n,ó RUT. N°93.920.000-2, ambos domiciliados en Apoquindo N°4001 piso 18, Las Condes, Santiago, con fecha 29 de enero de 2019, siendo las 18:42 horas, solicitó concesi n minera de EXPLOTACION, que denominar ó á “ADELA C 5, 1 AL 30”, con una superficie de 300 hect reas. á SEGUNDO.- Que, la manifestaci n minera se realiz haciendo uso deló ó derecho conferido por los art culos 44 N°5 y 41 del C digo de Miner a,í ó í invocando la concesi n de exploraci n denominada ó ó “ADELA C 5”, de propiedad de su mandante, cuyo pedimento se present el d a 27 de julio de 2016, ante eló í Segundo Juzgado de Letras de El Loa Calama, dict ndose sentencia constitutiva,á con fecha 1 de febrero de 2017, inscrita a fojas 3409, bajo el N° 2024 de fecha 10 de mayo de 2.017 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama. TERCERO.- Que, en virtud a lo expuesto en el considerando anterior, el Tribunal al proveer la solicitud de mensura, tuvo como fecha de presentaci n de laó manifestaci n minera el d a 27 de julio de 2016, a las 10:58 horas, fecha queó í corresponde a la presentaci n del pedimento minero que dio lugar a la concesi nó ó de exploraci n invocada.ó CUARTO.- Que, la manifestaci n m
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FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-98-2019 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A/ NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-98-2019 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A. F/p/Fallo : 3 de noviembre de 2020 Calama, diecisiete de noviembre de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO.- Que, don J
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