(X DELEGA) SAMUEL MALAMUD HERRERA C/ NICOLAS ANDRES PI?A PALOMERA
Rol
O-88-2022
Fecha
16 de octubre de 2023
Materia
COLOCACIÓN BOMBA O ARTEFACT ART. 14 D INC. 1, 2 , 3, 4 Y 5, HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., MATAR A CARABINERO EN EJERCICIO DE FUNCIONES ART. 416 CJM
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante la sala de este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por la magistrada doña Pamela Quiroga Lorca, e integrada además por la jueza doña Paula Rodríguez Fondón y el juez don Raúl Díaz Manosalva, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT 88-2022, RUC 2100145261-1, seguida contra el acusado NICOLÁS ANDRÉS PIÑA PALOMERA cédula de identidad Nº16.458.504-2, nacido en Santiago el 30 de agosto de 1986, 37 años, soltero, ingeniero en prevención de riesgos, domiciliado en pasaje Dos Sur 3720, villa Salvador, comuna de Renca, representado por los Defensores penales públicos don Arturo Vergara Gutiérrez y don Víctor Providel Labarca. Sostuvo la acusación del Ministerio Público la Fiscala Adjunta doña Giovanna Herrera Andreucci. Fueron querellante en el caso: El Consejo de Defensa del Estado, representado por las abogados doña Natalia Peña Muñoz y doña Jacqueline Espinoza Ortiz. El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por los abogados don Samuel Malamud Herrera y don Pedro Vidal Matus. En representación de la víctima Marco González Muñoz, el abogado don Cristian Martínez Soto y doña Paula Conteras Cristi. SEGUNDO: Acusación. El Ministerio Público y los querellantes Ministerio del Interior y particular, acusaron por los siguientes hechos: “El día 12 de febrero de 2021 a las 20 horas, en calle Pío Nono con Dardignac, de la comuna de Recoleta, el imputado NICOLÁS ANDRÉS PIÑA PALOMERA aprovechando que el furgón policial Z-7396 se encontraba detenido en la vía pública debido a que estaba siendo atacado por una gran cantidad de sujetos desconocidos que le lanzaban objetos contundentes, bombas incendiarias, piedras, palos y fuegos de artificio, el imputado, quién era parte de éste grupo de sujetos, y cubierto por una capa plástica hecha con bolsas de basura, con máscara antigases y antiparras, lanzó una bomba incendiaria comúnmente denominad
Fundamentos
considerando las penas que se solicitan respecto de una persona que carece de antecedentes penales. QUINTO: Declaración del acusado. Declaró el acusado, narrando que esa tarde del 12 de febrero de 2021, día viernes, fue a comprar a Patronato con su polola de aquel entonces Ana Josefa Arratia, como a las cinco y media a seis de la tarde. Decidieron juntarse en las Código: BHCPXXQPRCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inmediaciones de plaza Italia con su familia a protestar por las demandas ciudadanas para un mejor país. Estaban en el sector de la rotonda, a eso de las 19.30 horas o algo más y vieron que una turba iba hacia Pío Nono. Corrieron por las inmediaciones de la plaza porque la policía los disuadía, terminaron yendo hacia allá, había muchos gases lacrimógenos, el carro lanza agua mojaba, quedaron empapados, se impregnaba en la piel. Vieron que un carro policial estaba siendo atacado, se alejaron pues estaba peligroso, había mucha gente y la policía lanzaba muchos gases, era irrespirable. Vieron que atacó el carro una turba grande de chiquillos. Al rato después se comenzó a incendiar ese carro. No vieron que hubiese policías dentro. Decidieron irse a casa, porque después la policía arremetía muy fuerte. Era verano, fueron a cambiarse de ropa, porque con el gas y el agua quedaba pegado al cuerpo. A la defensa precisó que estaban con sus primas Paz Belén Palomera, María José Campos y su madre Jesica Palomera Saavedra. A las siete de la tarde ya estaban juntos. Ese día había muchísima gente. El tránsito estaba casi todo cortado. Vestía ese día con polera naranja, un pantalón negro largo y zapatillas negras. No portaba ningún gorro o similar. La turba fue hacia a Pío Nono, una hora después, aproximadamente. Fueron de curiosos a ver, todos. Vieron a cien metros el carro siendo atacado. Su mamá estaba con él. Su polola y sus primas estaban más atrás. En ese momento vestía igual pero su puso un polerón negro. Estaba irrespirable, se retiran todos juntos con un amigo de su prima. El carro se comenzó a incendiar, estaría a unos cincuenta metros y el carro estaba un poco más allá, unos cuatro o cinco metros de la posición inicial en que lo vio. No habrán pasado más de quince minutos. Fueron a la plaza que está frente a la Facultad de Derecho de la U. de Chile. Allí estaba tranquilo y decidieron descansar. Se cambiaron de ropa su polola y él porque estaban mojadas. Su madre y primas no fueron mojadas. Se quedó con la polera naranja, un short celeste playero que tenía y las mismas zapatillas. La polera estaba también impregnada, pero no tenía nada más. Lo que se sacó se lo quedó su prima María José Campos. Nunca usó bolsas de basura, como capas, ni las abandonó en algún lugar, pero sí antiparras para protegerse los ojos. Esas se las quedó María José. No usó bombas molotov, ni ahí ni en ningún otro lugar. Decidieron irse a casa, tenían hambre también y se dirigían al departamento de
Fallo
fallo de la Excma. Corte Suprema (Rol 5.851-2015), sobre investigación y debido proceso racionales y justos. A su juicio se han transgredido los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República y el artículo 83 del Código Procesal Penal. Sobre el fallo citado por la querellante fiscalía, es efectivo que la Corte da cuenta de la especialidad del sitio del suceso, pero aquí se trata de diligencias que se realizan con anterioridad a que los hechos ocurran, los funcionarios estaban desde temprano dispuestos, a través de WhatsApp se entregaban la información. Esto afecta la legitimidad del proceso y la integridad judicial. En segundo lugar, su defendido debe ser absuelto por falta de participación. Apoyados por prueba pericial, demostrarán diferencias sustanciales entre lo incautado y lo que aparece en los videos. La prueba carecerá de corroboración y calidad para demostrar la intervención de su defendido y en especial, considerando las penas que se solicitan respecto de una persona que carece de antecedentes penales. QUINTO: Declaración del acusado. Declaró el acusado, narrando que esa tarde del 12 de febrero de 2021, día viernes, fue a comprar a Patronato con su polola de aquel entonces Ana Josefa Arratia, como a las cinco y media a seis de la tarde. Decidieron juntarse en las Código: BHCPXXQPRCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inmediaciones de plaza Italia con su familia a protestar por las deman
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RUC 2100145261-1 RIT 88-2022 Ministerio Público con Piña Palomera, Nicolás Andrés Homicidio frustrado de Carabineros; lanzamiento de artefacto incendiario Santiago, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante la sala de este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por la magistrada doña Pamela Quiro
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