Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco.

MP C/ CRISTIAN ENRIQUE RETAMAL ROMERO

Rol

O-136-2023

Fecha

16 de octubre de 2023

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.MUERTE ART.196 INC.3LEY.TRANSITO., MARCH SIT SUC SIN PREST AUX VÍCTIMA. ART 195 INC 2° Y 3°, ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos son constitutivos de los delitos de ROBO CON INTIMIDACIÓN, prescrito en el artículo 436 inciso ° del Código Penal; CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR CON RESULTADO DE MUERTE Y LESIONES GRAVES, prescrito en el artículo 0 de la ley 8.290 y sancionado en los artículos 96 inciso 2 y 3 en relación con el artículo 209 del mismo cuerpo legal, resultando aplicable el artículo 75 del Código Penal; y del delito establecido en el artículo 95 inciso 3° de la misma ley, esto es, INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR AYUDA POSIBLE Y DAR CUENTA A LA AUTORIDAD DE UN ACCIDENTE CON RESULTADO DE MUERTE Y LESIONADOS, todos en grado de CONSUMADO, atribuyéndosele al acusado responsabilidad en calidad de AUTOR en los términos del artículo 5 N° del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, sostuvo el del Ministerio Público y su adherente que en la especie, no concurren circunstancias atenuantes de responsabilidad penal, sin embargo le perjudica aquella circunstancia agravante contemplada en el artículo 2 N° 6 del Código Penal, respecto del delito del artículo 0 de la ley 8.290, esto es, haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie. TERCERO: Que, el representante del Ministerio Público, en su alegato de apertura, al igual que el querellante, adelantaron la prueba que rendirían y como ésta daría cuenta de los hechos de la acusación por lo que mantuvieron su petición de condena, destacando el señor fiscal que la génesis de los hechos fue un cumpleaños al que asistió el acusado junto a otras personas, oportunidad en la cual hubo consumo de alcohol y otras sustancias, contexto en el cual una persona de sexo femenino solicita mediante un sistema de aplicación, un viaje para poder Código: XYQXXTYCBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 4 - ir a comprar más alcohol, viaje que es realizado por el acusado j

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, durante los días 06 y 0 de octubre del año 2023, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal se llevó a efecto la audiencia de juicio seguido en contra de don CRISTIAN ENRIQUE RETAMAL ROMERO, cédula nacional de identidad número 9.8 .026- 4, 25 años de edad, soltero, comerciante ambulante, domicilaido en Los Huasos 0 660, Pedro de Valdivia Temuco, representado por el abogado defensor penal privado don JUAN RODRIGO SAEZ BERTOLINE. El Ministerio Público fue representado por el Fiscal del Ministerio Público JUAN PABLO SALAS CASTRO y la parte querellante por el abogado, don SERGIO GÓMEZ VILLAR, SEGUNDO: Que, conforme el auto de apertura del presente juicio oral, la acusación fiscal que fue objeto del juicio y a la cual adhirió la parte querellante, es la siguiente: “El día 01 de mayo de 2019, alrededor de las 03:00 hrs. mientras la víctima A.A.G.C. se desempeñaba como como conductor de la aplicación UBER, fue requerido en calle Laura Wilson esquina Galo Sepúlveda, lugar al que concurrió en el automóvil marca JAC modelo J4, patente JZ VL 83. En dicho lugar abordaron el móvil el acusado Cristian Retamal Romero, quien se sentó en el asiento del copiloto; y el co imputado ya condenado Boris Zurita Painen, quien se ubicó en el asiento posterior. Luego de Código: XYQXXTYCBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 2 - avanzar unas cuadras, el acusado Retamal Romero intimidó a la víctima con un arma blanca, apoderándose del celular y dinero que portaba el conductor, para luego hacerlo descender del vehículo con el que se dieron a la fuga. Posteriormente se trasladaron al domicilio de Pablo Huichalao Narvaez, ubicado en calle Galo Sepúlveda Nº 0445, quien abordó el automóvil junto a los otros sujetos, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen espurio. El día 01 de mayo de 2019, alrededor de las 05:00 hrs. el imputado Cristian Retamal Romero condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir el automóvil marca JAC patente JZVL 83 que previamente había sustraído como se indicó en el párrafo anterior, por diversas calles de esta ciudad, en compañía de Pablo Huichalao Mardones y Boris Zurita Painen. Mientras transitaban por calle Los Maitenes, en dirección al sur sur oriente, a una velocidad no razonable ni prudente en una curva a la derecha, producto de la ingesta alcohólica el acusado Retamal Romero perdió el control del vehículo, sobrepasando el eje central de la calzada, obstruyendo la pista por la que circulaba el taxi colectivo marca Kia modelo Rio 4 patente GVHV 28 conducido por José Francisco Ñanco Ñanco, colisionando ambos móviles. Como consecuencia de lo anterior, José Francisco Ñanco Ñanco falleció a causa de un politraumatismo, en tanto el pasajero del colectivo J.E.P.B. resultó con una luxación posterior de cadera izquierda, clínicamente grave y la pasajera G.T.V.P. con un traumatismo craneano y fractura de columna cervical (

Fallo

se acuerda mucho, solo que lo suben al vehículo de su mamá, precisando que ella vive como a 6 cuadras del lugar donde ocurre el accidente en Vegas de Chivilcan y que su madre se entera del choque porque habían vecinos que estaban compartiendo en una escalera, quienes conocieron el vehículo y lo llevaron al vehículo de su madre, donde iba el acusado, su madre y dos amigos de nombre Pablo y Yerko, quienes lo sacaron del lugar. Explica posteriormente que los vecinos conocieron el vehículo porque cuando lo robaron, estos vecinos estaban en una plaza donde hay columpios y los vieron cuando iban pasando por las Vegas de Chivilcan. Luego, en la noche, señala que los vecinos estaban en las plazas de Chivilcan, abajo en una esclarea donde “se da toda la visual para ver abajo”, siendo esos vecinos quienes lo sacaron del vehículo, lo dejaron sentado en un poste porque no se podía parar y le dijeron que iban a ir a buscar a su mamá, ya que ella tenía vehículo para llevarlo al hospital, tardando 5 o 7 minutos en ir a avisar a su madre, quien llega con el vehículo al cual lo suben y llevan finalmente al hospital. Respecto de las otras personas que estaban en el vehículo, indica que Boris salió, ya que no estaba al Código: XYQXXTYCBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 9 - su lado cuando miró y que Andrés parece que estaba atrás. Lo anterior, explica al tribunal que lo sabe por lo que le contó su amigo Javier cuando lo fue

Texto Completo (Preview)

- - MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTIAN ENRIQUE RETAMAL ROMERO ROBO CON INTIMIDACIÓN, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR CON RESULTADO DE MUERTE Y LESIONES GRAVES R.U.C.: - R.I.T.: - __________________________________/ Temuco, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, durante los días 06 y 0 de octubre del año 2023, ante

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