MINISTERIO PUBLICO C/ RICARDO ANTONIO CÁCERES HERNÁNDEZ
Rol
O-189-2022
Fecha
16 de octubre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la ley nº20.000, en grado de consumado, en el que al acusado le ha cabido participación en calidad de autor, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal. El persecutor refiere que no concurren modificatorias de responsabilidad penal. Solicitó se le imponga a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 20 UTM, comiso, y autorización para la destrucción de especies incautadas, accesorias legales y al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Alegatos de apertura: el Ministerio Público en su alegato de apertura, los hechos son claros y dan cuenta de la actividad de tráfico del imputado, detectadas en vigilancias ventas realizadas directamente por él, previa Código: JBZPXXRWXBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 denuncia, luego se aplicó la técnica de agente revelador donde el imputado hizo entrega al agente de droga que fue sometida a prueba de campo y resultó ser cocaína base, se hizo peritaje en el ISP que confirmó la estructura química de la cocaína, posteriormente se hizo allanamiento y se encontró 9 dosis de la misma sustancia, lo que pesó menos de 1 gramo neto, que fue lo que se logró recuperar desde el baño, del excusado, lo que permite entender porque las irrupciones parecen bruscas, violentas, se tiene que patear la puerta, entrar por ventanas porque cada segundo que pasa son usados por los acusados para botar la droga, tirarla a los techos de los vecinos. podría considerarse que las 9 dosis son escasas, pero si se une a la diligencia previa de agente revelador, inequívocamente se debe concluir que estamos frente a tráfico de pequeña cantidad. la defensa habla de inefectividad de los hechos, pero ¿cuál es la parte inefectiva? ¿que fuera droga? porque sí lo era; ¿no es efectivo que el imputado ve
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de octubre de 2023, ante este tribunal oral en lo penal de Talagante, integrado por los jueces Jorge Cataldo Aedo, quien presidió; Alfonso Jove Avilés tercer juez integrante y Marisel Canales Moya, redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos RIT N°189-2022, seguida en contra de RICARDO ANTONIO CÁCERES HERNÁNDEZ, cedula nacional de identidad N°13.247.608-K, 16 de agosto de 1977, comerciante ambulante, casado, con domicilio en Lago Rapel N°1363-A, Villa Santa Blanca 5, comuna de El Monte. La acción penal fue sostenida por el ministerio público, representado por el fiscal adjunto de Talagante, Heriberto Reyes Carrasco. La defensa estuvo a cargo de la abogada de la Defensoría Penal Pública Daglas Perusina Catrileo. Todos los intervinientes cuentan con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. PRIMERO: Acusación: que la imputación efectuada por el ministerio público en contra del acusado, según auto de apertura, es del siguiente tenor: “La fiscalía de Talagante durante el mes de septiembre del 2019, recibió denuncia acerca de un foco de venta de drogas en pasaje lago rapel 1363 a, de la comuna de El Monte y se realizaron diligencias tendientes a verificar la existencia del delito. de esa forma se ordenaron en primer lugar vigilancias. El día 24 de septiembre, a las 17:00 horas aproximadamente, funcionarios de la policía de investigaciones observaron como el acusado Ricardo Antonio Cáceres Hernández entregaba a cambio de dinero a consumidores del lugar a cambio de dinero objeto compatibles o con similitud de dosis de drogas, papelinas de dosis de drogas. Posteriormente el día 15 de octubre, a las 20:15 aproximadamente, personal de la policía de investigaciones, realiza similares vigilancias observando como personas llegaban a pie o en bicicleta hasta el frontis del inmueble y eran atendidos por Ricardo Antonio Cáceres Hernández quien le hacía entrega a cambio de dinero objetos compatibles con la venta de droga. Código: JBZPXXRWXBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 El día 16 de octubre, a las 19:00 horas aproximadamente, en vigilancias realizadas al frontis del inmueble investigado, se observan cómo se acercaban al lugar jóvenes consumidores que después de un breve dialogo con el acusado, con la misma dinámica anterior, realizaban una transacción de drogas, donde el acusado ingresaba a su inmueble y después de volver unos segundos más tarde entregaba los objetos compatibles con dosis de drogas a los adquirentes. en esta ocasión en particular, se observa como el acusado grita hacia el interior a una mujer, a la que le llama Maryorie, a viva voz, y una persona de sexo femenino abre la puerta y después de unos minutos le entrega una bolsa, que le permite al acusado reanudar las ventas. Con posterioridad la fiscalía autoriza la técnica de gente revelador con respecto al mismo inmueble y es así como
Fallo
Por tanto, el que la mujer haya lanzado la droga al excusado no descarta la posesión de la sustancia y demás elementos incautados hallados en el domicilio del sentenciado y la responsabilidad que aquel le cupo en dicha incautación. NOVENO: Hechos acreditados: que la evidencia antes explicitada y valorada singularmente como conducente, creíble e idónea, y apreciada en su conjunto, permite establecer que ella, guarda coherencia y armonía entre sí, y no fue controvertida en lo esencial por antecedente alguno, así, y tal como se expondrá, ella resulta bastante para tener por establecidos más allá de toda duda razonable los siguientes hechos: La fiscalía de Talagante durante el mes de septiembre del 2019, recibió denuncia de un foco de venta de drogas en pasaje Lago Rapel 1363-A, de la comuna de El Monte y se realizaron diligencias tendientes a verificar la existencia del delito. Se realizaron vigilancias los días 24 de septiembre; 15 y 16 de octubre de 2019, en horas de la tarde, ocasiones en las que funcionarios de la Policía de Investigaciones observaron como Ricardo Antonio Cáceres Hernández entregaba a consumidores, a cambio de dinero, objetos compatibles y con similitud de dosis de drogas. El día 12 de diciembre del 2019, a las 12:15 horas, se aplicó al mismo inmueble la técnica de agente revelador, llegando personal policial caracterizado como consumidor de droga y después de un breve diálogo con Ricardo Cáceres Hernández, adquirió de parte de este, dos contenedores en p
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1 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL TALAGANTE MP C/: RICARDO ANTONIO CÁCERES HERNÁNDEZ DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES (CONDENATORIO) RUC: 1900860240-1 RIT: 189-2022 _________________________________________/ Talagante, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de octubre de 2023, ante este tribuna
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