Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio.

MP C/ DANILO ALBERTO VIDAL FLORES

Rol

O-164-2023

Fecha

16 de octubre de 2023

Materia

AMENAZAR SIMPLE O CONDICIONAL. ,OFENDER PERS.INVESTIGACIONES, DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos establecidos en la acusación deducida por el Ministerio Público respecto del encartado DANILO ALBERTO VIDAL FLORES, cédula nacional de identidad número 17.149.863-5, nacido en Santiago el 28 de enero de 1989, de actuales 34 años de edad, administrador de empresas, domiciliado en Primavera 1293, Placilla, San Antonio. Sostuvo la acción penal en representación del Ministerio Público la fiscal Adjunto de esta ciudad doña Karina Franco Moraga; mientras que la defensa del imputado fue ejercida por el defensor penal privado don Gustavo Zevallos Marín, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que la acusación deducida por el Ministerio Público objeto del presente juicio tiene por fundamento la siguiente relación de hechos: “Con fecha 26 de marzo de 2022, en audiencia de control de detención, realizada en el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, causa RIT 3-2022, se impuso al acusado DANILO ALBERTO VIDAL FLORES, la prohibición absoluta de acercarse a la víctima KARINA SOLEDAD OJEDA RODRIGUEZ, a su domicilio o a cualquier lugar donde se encuentre, de conformidad a lo dispuesto artículo 9 letra b) de la Ley 20.066. Resolución que le fue notificada personalmente al imputado en la referida audiencia. Posteriormente, el día 07 de noviembre de 2022, alrededor de las 03:30 horas, encontrándose vigente la prohibición que le afectaba, el acusado DANILO ALBERTO VIDAL FLORES se encontraba junto a su ex conviviente, la víctima KARINA SOLEDAD OJEDA RODRIGUEZ, al interior del domicilio ubicado en Pasaje Primavera N°1132, Cumbres de Placilla, sector M, comuna de San Antonio, momento en que el acusado quien se encontraba bajo el efecto de las drogas comenzó a realizarle tocaciones a la víctima amenazándola a viva voz diciéndole te voy a violar y te voy a matar, comenzando un forcejeo, momento en que el imputado agredió a la víctima propinándole un golpe de puño en el rostro, quien para repeler la agresión lo empujó, luego el impu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que ante la sala este Tribunal de Juicio Oral integrada por los jueces don Sebastián Báez Hernández, quien presidió la audiencia, don Sergio Rojas Bustos y doña Paola Rojas Labarca, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral en la causa RIT 164-2023, a fin de conocer y juzgar los hechos establecidos en la acusación deducida por el Ministerio Público respecto del encartado DANILO ALBERTO VIDAL FLORES, cédula nacional de identidad número 17.149.863-5, nacido en Santiago el 28 de enero de 1989, de actuales 34 años de edad, administrador de empresas, domiciliado en Primavera 1293, Placilla, San Antonio. Sostuvo la acción penal en representación del Ministerio Público la fiscal Adjunto de esta ciudad doña Karina Franco Moraga; mientras que la defensa del imputado fue ejercida por el defensor penal privado don Gustavo Zevallos Marín, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que la acusación deducida por el Ministerio Público objeto del presente juicio tiene por fundamento la siguiente relación de hechos: “Con fecha 26 de marzo de 2022, en audiencia de control de detención, realizada en el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, causa RIT 3-2022, se impuso al acusado DANILO ALBERTO VIDAL FLORES, la prohibición absoluta de acercarse a la víctima KARINA SOLEDAD OJEDA RODRIGUEZ, a su domicilio o a cualquier lugar donde se encuentre, de conformidad a lo dispuesto artículo 9 letra b) de la Ley 20.066. Resolución que le fue notificada personalmente al imputado en la referida audiencia. Posteriormente, el día 07 de noviembre de 2022, alrededor de las 03:30 horas, encontrándose vigente la prohibición que le afectaba, el acusado DANILO ALBERTO VIDAL FLORES se encontraba junto a su ex conviviente, la víctima KARINA SOLEDAD OJEDA RODRIGUEZ, al interior del domicilio ubicado en Pasaje Primavera N°1132, Cumbres de Placilla, sector M, comuna de San Antonio, momento en que el acusado quien se encontraba bajo el efecto de las drogas comenzó a realizarle tocaciones a la víctima amenazándola a viva voz diciéndole te voy a violar y te voy a matar, comenzando un forcejeo, momento en que el imputado agredió a la víctima propinándole un golpe de puño en el rostro, quien para repeler la agresión lo empujó, luego el imputado la tomó de los Código: CXTFXXRCECR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 tobillos provocando que la víctima cayera al piso, propinándole un golpe de puño en la nariz. Luego, el imputado le quitó a la víctima sus especies personales, impidiendo el contacto con familiares, o pedir ayuda. Con el transcurso de los días el imputado se mantuvo en el referido domicilio, impidiendo que la víctima saliera del lugar. Es así que el día 18 de noviembre de 2022, alrededor de las 14:30 hrs. la víctima recibió un llamado telefónico de una funcionaria del CRS San Antonio quien le solicitaba contactar al imputado. Mo

Fallo

se acuerda de las audiencias que ha tenido. Reiteró que estuvo preso de marzo a septiembre de 2022 y que al salir en libertad se vino a San Antonio seguir construyendo la casa con Karina en calle Primavera N°1132, Cumbres de Placilla, sector M, San Antonio. Dijo que él tiene una camioneta y Karina un auto, luego de los altercados no se fue en la camioneta a Santiago, se quería ir, pero no lo hizo porque quería la autorización del CRS. El día que lo detuvieron, el 18 de noviembre, Karina recibió una llamada de Silvana, no escuchó la conversación entre ellas, Karina sólo le dijo que lo estaban llamando del CRS y le pasó el celular, no escuchó los audios que Karina le envió a Silvana porque ella estaba en el baño y él en el dormitorio; luego fue al CRS como todos los viernes, Silvana le preguntó cómo estaba y si habían problemas con Karina, le dijo que quería cambiarse de domicilio porque no se estaban llevando bien, y ella le dijo que lo verían el lunes, eso fue todo; cuando iba saliendo, en la puerta lo detienen los Carabineros, a Silvana la notó rara, lo atendió más rápido de lo que siempre la atiende, sintió que afuera habían patrullas, ahí lo llevaron detenido. En ese episodio Karina a él nunca lo agredió ni lo insultó y él a ella tampoco; añadiendo que con Karina trabajan juntos vendiendo papas fritas, y han estado todos los días juntos. no recuerda que le dijeran que no se podía acercar a Karina. Código: CXTFXXRCECR Este documento tiene firma electrónica y su original

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1 Ministerio Público contra Danilo Alberto Vidal Flores. Desacato, lesiones menos graves agravadas y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar. RIT 164-2023 RUC 2201157046-5 San Antonio, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que ante la sala este Tribunal de Juicio Oral integrada por los jueces don Sebastián Báez Hernández, quie

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