MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS- DGA/HUALME
Rol
C-85-2019
Fecha
12 de noviembre de 2020
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, el Director Regional de la Dirección de Aguas de la Región de Los Ríos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, impetrada por don NAZARENO HUALME MILLAHUAL, cédula de identidad N° 4.313.857-K, domiciliado en Pérez Rosales 860-B, comuna de Valdivia Refiere que el peticionario solicitó regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,2 l/s (cero coma dos litros por segundo), de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes de un Estero sin nombre, cauce ubicado en la Comuna de Mariquina, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos. Personal profesional de la Dirección Regional que estudió y analizó los antecedentes concluye en Informe Técnico D.G.A. Región de los Ríos N°495 de fecha 19 de diciembre de 2018, que en el punto de captación de las aguas, señalado por el peticionario en el expediente, corresponde efectivamente a un Estero sin nombre, desde cuyo punto de captación se ha accedido desde antigua data al recurso, por lo menos tres generaciones, en dicho estero se disponen de obras rudimentarias consistentes en un pequeño tranque de madera y piedras, que permite la conducción del agua mediante tuberías tipo planza de ½” hasta la casa del peticionario. De acuerdo a lo observado en terreno, el recurso ha sido utilizado principalmente para satisfacer el abastecimiento de las necesidades domésticas de la familias del peticionario y también para el riego de pequeñas huertas de consumo familiar, por lo cual, se considera que con un caudal de 0,2 l/s se satisfacen de sobremanera los requerimientos de regularización de la solicitud de el peticionario. RIT« » Foja: 1 De acuerdo a lo anterior, en opinión de esta Dirección Regional de Aguas, es posible acceder a la solicitud de regularización conforme a derecho, pues la peticionaria ha cumplido con los requisitos que establece el artículo 2° transitorio del Código de Aguas y es fact
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Director Regional de la Dirección de Aguas de la Región de Los Ríos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales, impetrada por don NAZARENO HUALME MILLAHUAL, cédula de identidad 4.313.857-K, domiciliado en Pérez Rosales 860-B, comuna de Valdivia. Refiere que el peticionario solicitó regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,2 l/s (cero coma dos litros por segundo), de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes de un Estero sin nombre, cauce ubicado en la Comuna de Mariquina, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos. SEGUNDO: Que se acompañó por la Dirección General Aguas, el informe técnico, en el punto de captación de las aguas, señalado por el peticionario en el expediente, corresponde efectivamente a un Estero sin nombre, desde cuyo punto de captación se ha accedido desde antigua data al recurso, por lo menos tres generaciones, en dicho estero se disponen de obras rudimentarias consistentes en un pequeño tranque de madera y piedras, que permite la conducción del agua mediante tuberías tipo planza de ½” hasta la casa del peticionario. De acuerdo a lo observado en terreno, el recurso ha sido utilizado principalmente para satisfacer el abastecimiento de las necesidades domésticas de la familias del peticionario y también para el riego de pequeñas huertas de consumo familiar, por lo cual, se RIT« » Foja: 1 considera que con un caudal de 0,2 l/s se satisfacen de sobremanera los requerimientos de regularización de la solicitud de el peticionario TERCERO: Que la peticionaria acompañó los siguientes documentos: 1.- Informe Técnico N°495 de fecha 19 de diciembre de 2018, en la cual se concluyó que el caudal que efectivamente es utilizado por la solicitante es de 0,2 l/s, corroborado mediante la inspección ocular. 2.- Informe de inspección ocular técnica en terreno. 3.- Certificado N°248, de 18 de diciembre de 2018, en donde se certifica que no se recibió oposición dentro de los plazos legales establecidos en el Código de Aguas a la solicitud efectuada por el peticionario. 4.- Solicitud de fondos y recibo de dinero. 5.- Copia de publicaciones efectuadas. 6.- Certificado de difusión radial. 7.- Solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento. CUARTO: Que el procedimiento contemplado en el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, está destinado a la regularización de derechos de aprovechamiento que ya se están utilizando; y el informe técnico de la Dirección General de Aguas permite acreditar que el caudal que efectivamente utilizado por la solicitante es de 0,2 l/s. QUINTO: Que, al allanarse la parte solicitante, no existe controversia entre el caudal solicitado por la peticionaria y lo indicado por la Dirección General de Aguas en su Informe Técnico, por lo que se acogerá la solicitud. Y visto, además, los artículos 170, 313 y 680 y siguientes del Código
Fallo
se declara: Se hace lugar a la regularización de aprovechamiento de derecho de aguas solicitada por don NAZARENO HUALME MILLAHUAL, cédula de identidad 4.313.857-K, domiciliado en Pérez Rosales 860-B, comuna de Valdivia, sobre aguas superficiales por un caudal de 0,2 l/s (cero coma dos litros por segundo) de uso consuntivo de ejercicio permanente y continuo que se extrae de forma gravitacional desde un Estero sin nombre, cauce ubicado en la Comuna de Mariquina, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos en un punto situado en la siguiente coordenada UTM (metros) Norte: 5.631.130 y Este: 653.775, referida al Datum WGS 84, Huso 18 Una vez ejecutoriada, inscríbase en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces correspondiente; y remítase copia de la sentencia a la Dirección Regional de Aguas de la Región de los Ríos, conforme lo dispone el artículo 122 del Código de Aguas. Notifíquese al peticionario. RIT« » Foja: 1 Póngase en conocimiento de la Dirección General de Aguas, a través de correo electrónico. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Mariangel Cabrera Rabié, Jueza Titular del Juzgado de Letras de Mariquina. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Mvc Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de v
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- diez .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Mariquina CAUSA ROL : C-85-2019 CARATULADO : MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS- DGA/HUALME Mariquina, doce de Noviembre de dos mil veinte VISTOS: A folio 1, el Director Regional de la Dirección de Aguas de la Región de Los Ríos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de derechos de aprov
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