4º Juzgado de Garantía de Santiago

CARLOS DANIEL CRISOSTOMO FLORES C/ BRAYAN ANDRÉS SANDOVAL GUZMÁN

Rol

O-3343-2022

Fecha

13 de octubre de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Con fecha de mayo de , a las : horas aproximadamente, el requerido Brayan Andrés Sandoval Guzmán, ya individualizado, fue sorprendido por personal de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Las Condes en Calle Rio Loa con pasaje Dos, en la comuna de Las Condes, portando dos bicicletas, una de ellas era una bicicleta color celeste con gris, marca Trek, la que había sido robada a su dueña doña Paula Larrain Larrain esa misma noche desde su domicilio ubicado en Calle El Madrigal N° 66, comuna de Las Condes. El requerido conocía el origen ilícito de la especie o no podía menos que conocerlo toda vez que esta mantenía un candado de seguridad. La especie tiene un avalúo de $ . . (Doscientos cincuenta mil pesos).”. I. Que se condena a BRAYAN ANDRÉS SANDOVAL GUZMÁN, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, y multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor del delito de Receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 6 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día de mayo de , en la comuna de Las Condes, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y se exime del pago de las costas de la causa. II. Que reuniéndose en la especie los requisitos contemplados en el artículo de la Ley . 6, se le sustituye la pena corporal impuesta por REMISIÓN CONDICIONAL debiendo cumplir con dicha pena en el Centro de reinserción social Santiago Oriente, ubicado en avenida Américo Vespucio N° 6 , comuna de Ñuñoa, por el plazo de UN AÑO, la que comenzará una vez recupere su libertad en causa RIT 6 - del ° JGS. III. En el intertanto se suspende el cumplimiento de la pena en el presente fallo. Si debiere cumplir efectivamente privado de libertad la pena corporal impuesta, ésta se contará desde que se presente o sea habido, reconociendo como abono día, esto es el de marzo de . IV. La pena de multa se tiene por cumplida con el t

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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: 02 29 300 Fax: 02 29 3 3 Centro de Justicia de Santiago Pág. COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, trece de octubre de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIA CAROLINA HERRERA CORTES-MONROY RUC: - RIT: - IMPUTADO: BRAYAN AND

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