MINISTERIO PÚBLICO C/ OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA
Rol
O-3353-2023
Fecha
12 de octubre de 2023
Materia
OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos del requerimiento: “El día 12 de mayo de 2023, aproximadamente a las 23:25 horas, en la vía pública, específicamente en Avenida Padre Hurtado intersección con calle Cochrane de la comuna de Concepción, la imputada OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA portaba entre sus vestimentas un cuchillo metálico con empuñadura de color negro, el cual arrojó al suelo en presencia de personal policial, sin justificar razonablemente el porte de dicha arma cortante o punzante, siendo detenida en el lugar por personal de Carabineros. En este contexto, la imputada manifestó a personal policial llamarse Carmen Gloria Cruz Aravena y que su cédula de identidad correspondía a la 13.310.564-0. Sin embargo, mediante el examen Cross Match de su huellas digitales, éstas no coincidían con el nombre y número de cédula de identidad, logrando establecer que la verdadera identidad de la imputada era Olga Mireya Cruz Aravena, habiendo la imputada usurpado la identidad de su hermana Carmen Gloria.” Sentencia condenatoria en procedimiento simplificado: Ambito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 2310024373-3 RIT 3353 - 2023 Fecha de deliberación 12 de octubre de 2023. Juez redactor CAROLINA ANDREA LLANOS OJEDA. RELACIONES: OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA / Porte de arma cortante o punzante. Resultado CONDENADA. RELACIONES: OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA / Ocultación de identidad. Resultado CONDENADA. Código: MTXNXXKBQXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA. Concepción, doce de octubre de dos mil veintitrés. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 15, 49, 70, 288 bis, 496 N° 5 y demás pertinentes del Código Penal; y artículos 297, 395 y demás pertinentes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que, se condena a la requerida OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA, R.U.N. 15.591.336-3, ya individualiz
Fallo
SE DECLARA: I. Que, se condena a la requerida OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA, R.U.N. 15.591.336-3, ya individualizada, en su calidad de autora del delito de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho acontecido en esta comuna de Concepción el día 12 de mayo de 2023, a sufrir una pena de multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y el COMISO de la especie incautada. II. Que, se condena a la requerida OLGA MIREYA CRUZ ARAVENA, R.U.N. 15.591.336-3, ya individualizada, en su calidad de autora de la falta de ocultación de identidad, prevista y sancionada en el artículo 496 N° 5 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho acontecido en esta comuna de Concepción el día 12 de mayo de 2023, a sufrir una pena de multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. III. Que, atento al tiempo que la sentenciada se ha encontrado privada de libertad en estos antecedentes conforme detenciones acontecidas con fecha 12 de mayo de 2023 y 11 de octubre de 2023, ambas por un lapso superior a doce horas, al tenor de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, se le tienen por cumplidas ambas penas pecuniarias impuestas. IV. Que, atendida la admisión de responsabilidad, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RUC 2310024373-3 RIT 3353 - 202
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Control de la Detención Fecha Concepción, doce de octubre de dos mil veintitrés Magistrado CAROLINA ANDREA LLANOS OJEDA Fiscal JORGE LORCA RODRÍGUEZ Defensor CARLA CANALES ESCALONA, conforme al artículo 102 del CPP. Hora inicio 12:31 horas. Hora término 12:38 horas. Sala Sala 3 TURNO Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción Acta Sandra Portiño Henríquez RUC 2310
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