Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

MINISTERIO PUBLICO V. ALEMANA C/ DANIEL OCTAVIO PÉREZ CABEZAS

Rol

O-632-2022

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 50, 67, 296 N°3, 399, 400, todos del Código Penal; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 20.066 Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a DANIEL OCTAVIO PEREZ CABEZAS, cédula nacional de identidad Nº 10.811.146-1, ya individualizado, a la pena corporal de SESENTA Y UN DIAS días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrado en calidad de autor por el requerido, por los hechos ocurridos el día 08 de enero de 2022,en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que se condena a DANIEL OCTAVIO PEREZ CABEZAS, cédula nacional de identidad Nº 10.811.146-1, ya individualizado, a la pena corporal de CUARENTA Y UN DIAS días de presión en su grado máximo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito AMENAZAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrado en calidad de autor por el requerido, por los hechos ocurridos el día 23 de enero de 2022,en esta ciudad de Villa Alemana. Código: VQGLXXCXXZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se le condena además a la pena accesoria del artículo 9 letra b) de la Ley N°20.066, esto es, la prohibición ABSOLUTA de aproximarse a la víctima de ambos hechos, por el término de DOS AÑOS. III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Quilpué, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales de

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 21, 22, 24, 29, 30, 31, 50, 67, 296 N°3, 399, 400, todos del Código Penal; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 20.066 Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a DANIEL OCTAVIO PEREZ CABEZAS, cédula nacional de identidad Nº 10.811.146-1, ya individualizado, a la pena corporal de SESENTA Y UN DIAS días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrado en calidad de autor por el requerido, por los hechos ocurridos el día 08 de enero de 2022,en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que se condena a DANIEL OCTAVIO PEREZ CABEZAS, cédula nacional de identidad Nº 10.811.146-1, ya individualizado, a la pena corporal de CUARENTA Y UN DIAS días de presión en su grado máximo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito AMENAZAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrado en calidad de autor por el requerido, por los hechos ocurridos el día 23 de enero de 2022,en esta ciudad de Villa Alemana. Código: VQGLXXCXXZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se le condena además a la pena accesoria del artículo 9 letra b) de la Ley N°20.066, esto es, la prohibición AB

Texto Completo (Preview)

C/ DANIEL OCTAVIO PEREZ CABEZAS PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. DELITOS: AMENZAS Y LESIONES MENOS GRAVES VIF RUC N° 2200038389-2 RIT N° 632-2022 Villa Alemana, once de octubre de dos mil veintitrés.- (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada) HECHO 1: El día 8 de enero de 2022, alrededor de las 17.00 horas

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