1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CORDOVA/SOCIEDAD DE INVERSIONES DE INNOVACIONES RECICLAMIENTO DE DESPERDICIOS Y DESECHOS GEOMETAL LI

Rol

O-5545-2021

Fecha

7 de marzo de 2022

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos señalados en el libelo de demanda, en los términos señalados en el

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES Y SÍNTESIS DE LAS ALEGACIONES DE LAS PARTES. Comparece PAULA CRISTINA BRUCE GONZALEZ, cédula de identidad N° 12.464.249-3, chilena, soltera, trabajadora dependiente, domiciliada en Av. Nueva Providencia 1363, Of. 1302, Providencia y DENIREE ALEXANDRA CORDOVA VIVAS, cédula de identidad N° 27.191.636-1, venezolana, soltera, trabajadora dependiente, del mismo domicilio, quienes interponen demanda en procedimiento general de despido indirecto y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales y nulidad del despido en contra MUNDO EXPLORA LTDA., RUT N° 76.767.032-K, empresa del giro de su denominación, representada legalmente por PATRICIA ANGELICA RUIZ RAMOS, cédula de identidad N° 9.408.252-8, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en General Del Canto N° 10, Providencia. Fundan su demanda en la existencia de un vínculo de subordinación y dependencia, condiciones contractuales e incumplimientos incurridos por la demandada, lo que motivó el auto despido por no pago de un sinnúmero de cotizaciones previsionales, de salud y cesantía que se precisan y se detallan en el libelo de demanda, así como también no pago de remuneraciones. Por ello, señala que dándose los presupuestos establecidos en el artículo 171 del Código del Trabajo, en relación con la causal de “incumplimiento grave de las obligaciones” por parte de la empresa, reiterados y constantes, solicitan

Fallo

se declara justificado su auto despido de 19 de julio de 2021 y se ordene el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, esta última con un recargo del 50%, prestaciones de feriado legal y proporcional, la sanción de nulidad mediante el pago de remuneraciones hasta la convalidación, todo lo anterior con intereses, reajustes y costas. La demandada fue legalmente emplazada como consta en folio 5 y no compareció ni contestó la demanda. SEGUNDO: AUDIENCIAS CELEBRADAS EN LA CAUSA. Se celebraron las audiencias preparatoria y de juicio como consta en folios 20 y 31, respectivamente, y solo compareció la parte demandante ofreciendo y rindiendo pruebas. TERCERO: ESTABLECIMIENTO DE LOS HECHOS, CONSIDERACIONES JURÍDICAS Y PRECEPTOS LEGALES. Que atendido lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, y haciendo efectivo el apercibimiento establecido en el artículo 454 N°3 del mismo cuerpo legal, dado que el demandado no compareció contestando la demanda, ni compareció a absolver posiciones sin justificación, se tienen por tácitamente admitidos todos los hechos señalados en el libelo de demanda, en los términos señalados en el considerando anterior. En efecto, Paula Bruce González comenzó a prestar servicios el 15 de febrero de 2020, en el cargo de recepcionista y su auto despido de 19 de julio de 2021 cumplió con las formalidades legales. Que su remuneración ascendía a $1.494.000. Por otro lado, Deniree Cor

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, siete de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES Y SÍNTESIS DE LAS ALEGACIONES DE LAS PARTES. Comparece PAULA CRISTINA BRUCE GONZALEZ, cédula de identidad N° 12.464.249-3, chilena, soltera, trabajadora dependiente, domiciliada en Av. Nueva Providencia 1363, Of. 1302, Providencia y DE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica