M P C/ MELITÓN SEGUNDO LEÓN NÚÑEZ
Rol
O-1139-2023
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos son constitutivos del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, descrito y sancionado en el artículo 442 N°1del Código Penal, en los que al requeridoMELITÓN SEGUNDO LEÓN NÚÑEZ,le ha cabido participación en calidad de AUTOR, en los términos del artículo 15 número 1°, del Código Penal, en grado de desarrollo de FRUSTRADO, al tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del mismo cuerpo legal; y el delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE descrito y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, le ha cabido participación en calidad de AUTOR, en los términos del artículo 15 número 1°, del Código Penal, en grado de desarrollo de CONSUMADO, al tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del mismo cuerpo legal. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORÍAS: 11N° 9 Sentencia.: Se declara que se condena a MELITÓN SEGUNDO LEÓN NÚÑEZ, como autor de un delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, en grado de desarrollo frustrado del artículo 442 N°1 del Código Penal relación al 432, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y por el delito del artículo 288 bis del Código Penal ocurrido en el territorio jurisdiccional del tribunal el día 03 de abril del 2023, ambos como autor a sufrir la penal de 1/3 de UTM. La pena corporal será cumplida de manera real y efectiva y la pena de multa se le dará por cumplida con el día que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa el día 05 de abril del año 2023, como costa en este proceso y el día 07 de septiembre le servirá para darle por cumplida la pena de 1/3 de UTM, correspondiente al delito de PORTE DE ARMA BLANCA. Se declara el comiso de lo incautado que no se hubiera dispuesto de aquello. Reconociendo un día abono se restaría por cumplir 60 días de cárcel. Ministerio Publico y Defensa, renuncian a los plazos legales. Téngase como firme y ejecutoriada. Déjese sin efecto las medidas cautelares y dese orden de ingreso. Dese cumplimiento a lo dispuesto
Fallo
Se declara que se condena a MELITÓN SEGUNDO LEÓN NÚÑEZ, como autor de un delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, en grado de desarrollo frustrado del artículo 442 N°1 del Código Penal relación al 432, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y por el delito del artículo 288 bis del Código Penal ocurrido en el territorio jurisdiccional del tribunal el día 03 de abril del 2023, ambos como autor a sufrir la penal de 1/3 de UTM. La pena corporal será cumplida de manera real y efectiva y la pena de multa se le dará por cumplida con el día que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa el día 05 de abril del año 2023, como costa en este proceso y el día 07 de septiembre le servirá para darle por cumplida la pena de 1/3 de UTM, correspondiente al delito de PORTE DE ARMA BLANCA. Se declara el comiso de lo incautado que no se hubiera dispuesto de aquello. Reconociendo un día abono se restaría por cumplir 60 días de cárcel. Ministerio Publico y Defensa, renuncian a los plazos legales. Téngase como firme y ejecutoriada. Déjese sin efecto las medidas cautelares y dese orden de ingreso. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: DPVCXXHHKHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Dirigió la audiencia
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Individualización de audiencia de sentencia de procedimiento simplificado. Fecha Talagante, once de octubre de dos mil veintitrés. Magistrado GABRIELA DE LA LUZ CONTRERAS PIDERIT Fiscal Paola Salcedo Díaz Defensor Ian Videka Carreño Hora inicio 10.57AM Hora termino 11.03AM Sala SALA 4 Tribunal Juzgado de Garantía
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