TELEPERFORMANCE CHILE S.A. CON CAMPOS
Rol
I-422-2021
Fecha
4 de marzo de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACIFICOS X DICTACIÓN DE SENTENCIA X Escritos pendientes: · Al escrito de acompaña documentos de la parte reclamada: Téngase por acompañados, sin perjuicio de su incorporación en la etapa procesal correspondiente. · Al escrito de acompaña documentos de la parte reclamante: Téngase por acompañados, sin perjuicio de su incorporación en la etapa procesal correspondiente. Autoriza poder: · Al escrito de acompaña patrocinio y poder presentado por la parte reclamada: Téngase presente. · Al escrito de acompaña patrocinio y poder presentado por la parte reclamante: Téngase presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte reclamada y tiene por contestado el reclamo interpuesto Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, esta no se produce atendida la imposibilidad de la Inspección del Trabajo para conciliar. El Tribunal estima que no existen hechos controvertidos, por lo que no recibirá la causa a prueba y fijará solo hechos pacíficos, para luego pasar a dictar sentencia. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1) Cursada la infracción por no contar con una anexión de trabajo respecto a este incentivo de desempeño, la empleadora generó un anexo y lo notificó a la trabajadora que se negó a firmar, y que en razón de ello, la Inspección del Trabajo, estimó que no estaba íntegramente corregida la infracción. 2) Que la empresa reclamante, atendido su número de trabajadores, tiene la categoría de gran empresa, de conformidad al inciso 4° del artículo 506. 3) Que la parte reclamante dedujo reclamación del artículo 511 inciso 2° pidiendo la rebaja de la multa en contra de la resolución que lo sancionó. 4) Que rechazada esa reconsideración por estimar de que únicamente se acompañó un proyecto de anexo y no un anexo firmado, se rechazó la reconsideración, en virtud de la resolución 187 impugnada en
Fallo
Por estas consideraciones, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 19 N° 2 y N° 3 de la Constitución Política de la República, lo dispuesto en la ley 19.880 artículos 12 y 13, lo dispuesto en la ley orgánica de la Dirección del Trabajo, lo dispuesto en los artículos 11, 506 y 512 del Código del Trabajo, este Tribunal declara que: 1) Se acoge la reclamación deducida por TP Chile S.A. en contra de la resolución 187 de 08 de noviembre del año 2021, dictada por el Inspector Comunal del Trabajo Santiago Norte, dejándose sin efecto esta resolución, disponiendo en su lugar, que se acoge la reconsideración deducida por la reclamante en contra de la resolución 8508/2021/21/12, fijándose la cuantía de la multa cursada a la reclamante en 20 Unidades Tributarias Mensuales. 2) No se condena en costas a la parte reclamada, por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas, en especial de la sentencia dictada. Dirigió don Nicolás Humeres Guajardo, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 04 DE MARZO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 3 RUC 21-4-0373278-5 RIT I-422-2021 MAGISTRADO NICOLÁS HUMERES GUAJARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 11:39 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:49 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO
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