Juzgado de Garantía de Rengo.

PEDRO GERARDO VIDAL CORNEJO C/ CARLOS OSSIEL HUICHANAO RUIZ

Rol

O-565-2023

Fecha

10 de octubre de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 26 de noviembre del 2022, a las 23:55 horas aproximadamente, el requerido Carlos Huichanao Ruiz fue sorprendido por personal de Carabineros que efectuaba un control vehicular selectivo en Avenida Comercio con cruce Chumaquito de la comuna de Requinoa, conduciendo en estado de ebriedad el automóvil marca Fiat, modelo palio, patente ZR-4768. La ebriedad del requerido es confirmada con examen respiratorio intoxilyzer que arrojó 2.38 gramos por mil de alcohol en sangre y posteriormente con informe de alcoholemia que arrojó 2.39 gramos por mil de alcohol en sangre. Modificatorias de responsabilidad: Artículo 11 Nº 9 del Código Penal Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente normas pertinentes del Código Penal, Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 18.290 y demás normas legales atinentes, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CARLOS OSSIEL HUICHANAO RUIZ, cédula de identidad N° 16.847.539-K, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias generales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE CINCO AÑOS, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo en estado de ebriedad ocurrido el día 26 de Noviembre de 2022 en la comuna de Requinoa. II.- Que, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, conforme artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, debiendo sujetarse el sentenciado a encierro entre las 22:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas de la mañana siguiente en su domicilio, por el tiempo de duración de la condena, debiendo presentarse ante Centro de Código: XLTEXXNLXGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CARLOS OSSIEL HUICHANAO RUIZ, cédula de identidad N° 16.847.539-K, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias generales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE CINCO AÑOS, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo en estado de ebriedad ocurrido el día 26 de Noviembre de 2022 en la comuna de Requinoa. II.- Que, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, conforme artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, debiendo sujetarse el sentenciado a encierro entre las 22:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas de la mañana siguiente en su domicilio, por el tiempo de duración de la condena, debiendo presentarse ante Centro de Código: XLTEXXNLXGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl mailto:carloshuichanaoruiz@gmail.com “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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