Juzgado de Garantía de Vallenar.

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHI C/ LUIS ALBERTO ARAYA HONORES

Rol

O-3199-2020

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

DELITOS CONTEMPLADOS EN OTROS TEXTOS LEGALES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 4 de febrero de 2016, en el transcurso del día, LUIS ALBERTO ARAYA HONORES concurrió a la sucursal de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile II S.A., ubicada en calle Talca N°580, local 3, Vallenar; instancia en que solicitó ante dicha entidad el otorgamiento del beneficio del Seguro de Cesantía, para lo cual el día antes referido suscribió y presentó un documento denominado “Solicitud de Prestación por Seguro de Cesantía Afiliados con Derecho solo a la Cuenta Individual de Cesantía”, solicitud a la que se asignó el N°12.732.857, y además un documento denominado “Solicitud de prestación por seguro de cesantía N° titular 12.732.857, declaración jurada del afiliado”. En este último documento LUIS ALBERTO ARAYA HONORES declaró bajo juramento, entre otras cosas, que “al momento de suscribir la solicitud del beneficio se seguro de cesantía, se encontraba cesante”, acompañando en el mismo acto una carta de renuncia donde constaba de manera aparente su desvinculación de la empresa “MINERA ESCONDIDA LIMITADA”, de fecha 4 de febrero de 2016, documento que además se encontraba autorizado de manera aparente por Ricardo Olivares Pizarro, notario público de Vallenar. Atendido que formalmente los antecedentes acompañados cumplían con las exigencias referidas para el otorgamiento del beneficio del Seguro de Cesantía, LUIS ALBERTO ARAYA HONORES tenía derecho a percibir el beneficio un monto de $8.019.974 (ocho millones diecinueve mil novecientos setenta y cuatro pesos), pagadero en siete cuotas, no obstante la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile II S.A, solo efectuó el pago de las cuatro primeras cuotas, percibiendo el solicitante un total de $5.917.630.- (cinco millones novecientos diecisiete mil seiscientos treinta pesos). Sin perjuicio de lo anterior, PAOLA ELENA SEGOVIA ÓRDENES, representante de “MINERA ESCONDIDA LTDA”, envió un requerimiento a la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile II S.A, con la finalidad de

Fallo

SE DECLARA: I. Que el imputado LUIS ALBERTO ARAYA HONORES, ya individualizado, es culpable de los cargos formulados en el requerimiento del Ministerio Público y, en consecuencia se condena en calidad de AUTOR del simple delito de PERCEPCIÓN INDEBIDA DE BENEFICIOS PREVISIONALES, del artículo 42 de la ley Nº 12.084, en grado de desarrollo CONSUMADO, hecho perpetrado el día 04 de febrero del año 2016 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. II. Que, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, por el periodo de 41 días, consistente en el encierro del condenado en su domicilio ubicado en Avenida ARGENTINA N°1688, edificio Salvador Reyes, Depto. 204, comuna de ANTOFAGSATA, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, para los efectos de conversión de la pena inicialmente impuesta se computaran 8 horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación de libertad, con tal propósito el sentenciado deberá presentarse ante el CRS de Antofagasta el día martes 17 de octubre del año 2023 a las 10:00 horas, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Que en el evento de existir informe de factibilidad técnica favorable, en el domicilio, se ordena que el control de esta pena sustitutiva lo sea a través del sistema de mo

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, once de octubre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: VIRGILIO RICARDO PEREZ CARRIZO RUC: 2010067318-6 RIT: 3199 - 2020 IMPUTADO: LUIS ALBERTO ARAYA HONORES C.I. 0014432861-2 FECHA DE NAC. 05-02-1973 DIRECCION Avenida ARGENTINA N°1688 DEPTO 204 COMUNA: Antofagasta DELITO PERCEPCIÓN I

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