Juzgado de Garantía de Coquimbo.

M.P.COQBO.- C/ OSCAR MARCELO FLORES CORTÉS

Rol

O-5231-2019

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 20 de octubre de 2019, a las 17:25 horas aproximadamente, mientras en Coquimbo se encontraba vigente el decreto de estado de excepción constitucional de emergencia, los acusados OSCAR MARCELO FLORES CORTÉS y LUIS ALEJANDRO NÚÑEZ PERALTA, previamente concertados para sustraer especies, concurrieron hasta el Supermercado ACUENTA, ubicado en Ruta D-43 N° 1200, Tierras Bancas, Coquimbo y, utilizando objetos contundentes y cortantes, forzaron una reja perimetral a fin de acceder hasta su estacionamiento para luego fracturar la cortina de metal de una entrada y acceder hasta el interior de dicho establecimiento, sustrayendo un televisor marca Samsung de 49 pulgadas, de color negro, de propiedad del local afectado, avaluado prudencialmente en la suma de $150.000.-; siendo sorprendidos los acusados por funcionarios de Carabineros, mientras huían del lugar, cargando la especie entre ambos.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, once de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3,442 N° 1 del Código Penal; artículos 4 ,297,340,397,3 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a LUIS ALEJANDRO NUÑEZ PERALTA, CÉDULA DE IDENTIDAD N° - , ya individualizado, de los cargos que le fueron formulados de ser autor de un delito de robo con fuerza en las cosas perpetrado en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, el cual se encuentra en grado de desarrollo de frustrado y en el que al acusado le cabe responsabilidad penal en calidad de autor, supuestamente perpetrado en grado de desarrollo de frustrado el día 20 de Octubre de 2019, en esta comuna. II.- De conformidad a lo que dispone el artículo 347 del Código Procesal Penal, se ordena dejar sin efecto las medidas cautelares decretadas en contra del sentenciado y que se encontraren vigentes debiendo tomarse nota de este alzamiento en todo registro público y policial en que estas figuraren. III.- Que no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. Sentencia ejecutoriada con esta fecha. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. RUC: - RIT: - Dictada por por doña CAROLINA BARONCINI GALVEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coquimbo. Código: XXVWXXXMDNX Est

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 20 de octubre de 2019, a las 17:25 horas aproximadamente, mientras en Coquimbo se encontraba vigente el decreto de estado de excepción constitucional de emergencia, los acusados OSCAR MARCELO FLORES CORTÉS y LUIS ALEJANDRO NÚÑEZ PERALTA, previamente concertados para sustraer especies, concurrieron hasta el Supermercado ACUENTA, ubicado en Ruta D-43 N° 1200, Tierras Bancas, Coqu

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