CHRISTIAN EDISON MUÑOZ NUÑEZ C/ CYNTHIA MAGDALENA POZO VILLARROEL
Rol
O-4600-2022
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente: Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 22, 24, 26, 30, 48, 49, 67, 69, 70, 76 del Código Penal; artículo 110 y 196 de la ley de tránsito 18.290, artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8 de la ley 180.216 se declara: 1.- En lo que respecta a la imputada CYNTHIA MAGDALENA POZO VILLARROEL el Tribunal atendido el tiempo transcurrido desde los hechos aplica la prescripción de la acción penal. En lo que respecta al imputado JAVIER ALFONSO SAN MARTÍN MÁRQUEZ se le CONDENA a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de CUATRO unidades tributarias mensuales, suspensión de su licencia de conducir por cinco años, en su calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, cometido en calidad de autor y consumado por el imputado en esta ciudad de Valparaíso el día 19 de enero de 2022. 2.- Estimando este Juzgador que concurren los requisitos al efecto el Tribunal aplica la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en su domicilio, mediante control telemático quedando sometido al encierro desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente por cada día de privación de libertad a que ha sido condenado. En el evento que esta pena sustitutiva le sea revocada, le va a servir de abono el día que estuvo privado de libertad con ocasión Código: PGBYXXGZXPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de esta causa. Se le conceden 10 días a la defensa para acompañar el respectivo informe de factibilidad técnica. En cuanto al pago de la multa el Tribunal faculta al imputado para pagar la multa en ocho cuotas mensuales, iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una, que deberá comenzar a cancelar dentro de los diez últimos días del
Fundamentos
Considerando que la licencia ha estado ininterrumpidamente retenida del día de los hechos, 19 de enero de 2022, se le abona el tiempo transcurrido hasta el día de hoy, de manera que los cinco años de suspensión se contarán desde el 19 de enero de 2022. 3.- Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, en atención a que por su disposición se ha evitado un juicio oral y los costos económicos, materiales, humanos y económicos que un juicio oral implica. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2200068813-8 RIT 4600 - 2022 DICTADA EN AUDIENCIA POR FERNANDO VERGARA RACAPÉ, JUEZ DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO. /aca Código: PGBYXXGZXPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: PGBYXXGZXPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-11T15:27:37-0300
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 22, 24, 26, 30, 48, 49, 67, 69, 70, 76 del Código Penal; artículo 110 y 196 de la ley de tránsito 18.290, artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8 de la ley 180.216 se declara: 1.- En lo que respecta a la imputada CYNTHIA MAGDALENA POZO VILLARROEL el Tribunal atendido el tiempo transcurrido desde los hechos aplica la prescripción de la acción penal. En lo que respecta al imputado JAVIER ALFONSO SAN MARTÍN MÁRQUEZ se le CONDENA a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de CUATRO unidades tributarias mensuales, suspensión de su licencia de conducir por cinco años, en su calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, cometido en calidad de autor y consumado por el imputado en esta ciudad de Valparaíso el día 19 de enero de 2022. 2.- Estimando este Juzgador que concurren los requisitos al efecto el Tribunal aplica la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en su domicilio, mediante control telemático quedando sometido al encierro desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente por cada día de privación de libertad a que ha sido condenado. En el evento que esta pena sustitutiva le sea revocada, le va a servir de abono el día que estuvo privado de libertad con ocasión Có
Texto Completo (Preview)
RUC 2200068813-8 RIT 4600 - 2022 C/ JAVIER ALFONSO SAN MARTÍN MÁRQUEZ, Cédula de identidad N° 10.848.535-3, nacido el 23 de marzo de 1977, domiciliado en Calle José María Escriba de Balaguer Block 231-H, Departamento 404 , Cerro Placeres, Valparaíso. Hecho : “El día 19 de Enero de 2022, aproximadamente a las 20:30 horas, el imputado JAVIER ALFONSO MARQUEZ SAN MARTIN conducía en estado de ebriedad
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