Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ BAIRON ALEJANDRO CERDA HERRERA

Rol

O-3470-2023

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 06 de junio de 2023, a las 19.40 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en la intersección de calle El Jardín con calle Fernando Santivan, comuna de La Serena, el acusado Bairon Alejandro Cerda Herrera, portaba y mantenía, 01 bolsa de nylon contenedora de 48 papelillos, que a su vez contenían pasta base de cocaína con un peso neto de 3 gramos 23 miligramos; droga que el acusado mantenía para su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo.” POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2300618683-1-929-231011-00-07- 3470-2023 SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 9, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 49, 50 y 70 del Código Penal; artículos 1, 50 y 52 de la Ley N° 20.000; artículos 45, 47, 388, 398 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se resuelve: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 6 6 - RIT Nº: - DELITO: Falta de porte de drogas en lugares públicos SENTENCIADO: BAIRON ALEJANDRO CERDA HERRERA Código: CTGTXXPFRXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, SE CONDENA a BAIRON ALEJANDRO CERDA HERRERA, cédula nacional de identidad N° 19.492.598-0, ya individualizado, a sufrir una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor de una falta de porte de drogas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas en lugares públicos o abiertos, destinados a su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, prevista y sancionada en el artículo 50 de la Ley N° 20.000, perpetrada en la comuna de La Serena, el día seis de junio del año dos mil veintitrés. II.- Que, conforme a lo razonado en el motivo séptimo de este fallo, la pena pecuniaria impuesta, convertida a la pena de un día de reclusión, se tendrá por cumplida, atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Que, SE EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendida su admisión de responsabilidad, que ha liberado a los intervinientes de los gastos y la carga inherentes a un juicio oral y público. Regístrese, y ejecutoriada que sea esta sentencia, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por don Pedro Álvaro Rojas Castro, Juez Titular de

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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, once de octubre de dos mil veintitrés Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Lucas Rivera Dubó Defensor Teresita Padilla Rodríguez Imputado Bairon Alejandro Cerda Herrera, chileno, cédula nacional de identidad N° . . - , ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Riachuelo N° 6 , villa El Valle, sector Compañía Alt

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