Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ HUGO ANDRÉS MUÑOZ ARANEDA

Rol

O-5618-2023

Fecha

3 de octubre de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES., OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 20 de agosto del 2023 aproximadamente a las 21:20 horas el requerido HUGO ANDRÉS MUÑOZ ARANEDA concurrió hasta el frontis del domicilio ubicado en Lago Seco Nr. 489 Labranza de Temuco domicilio de propiedad de doña Dina Elizabeth Torres Salazar, quién es la madre de su ex conviviente, estando en el lugar el imputado comenzó a amenazar a la víctima antes mencionada entre insultos y garabatos le señaló lo siguiente "te cosiste vieja culia, te voy a quemar la casa concha de tu madre", luego comenzó con sus pies a golpear el cerco del domicilio causando daños a la chapa de seguridad de este cerco, daños evaluados en la suma de $80.000.” II. La fiscalía representada por el Fiscal Adjunto Sr. JUAN PABLO SALAS CASTRO, tuvo los hechos como un DELITO CONSUMADO DE DAÑOS y una FALTA PENAL CONSUMADA COACCIONES, del artículo 48 y 494 N° 1 del Código Penal, respectivamente, cometidos por el requerido en calidad de AUTOR DIRECTO, de acuerdo al artículo 15 Nº1 del Código Penal, y solicitó dos penas de MULTA DE 11 y 1 UTM, sin costas. III. La defensa solicita que se impongan las penas de multa requeridas por el señor fiscal, se rebajen prudencialmente su monto y se den por cumplidas o se concedan cuotas para pagarla, sin costas. IV. Por estar suficientemente fundado el requerimiento y conteste el tribunal con la calificación jurídica del hecho y naturaleza de las penas solicitadas y en mérito de la admisión de responsabilidad en el hechos que manifestó el requerido en la audiencia, se acogerá y se dan por establecidos los hechos descritos en el Código: MHVGXXMXYKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO requerimiento, los cuales configuran DELITO CONSUMADO DE DAÑOS y una FALTA PENAL CONSUMADA DE COACCIONES, descritos y sancionados en los artículos 7 y 9 N° 1 del Código Penal, al requerido le corresponde la calidad de AUTOR DIRECTO. Se impondrán las penas de multa prudencialm

Fallo

Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 29 en relación con el 340 348 388 389 390 393 y 395 del Código Procesal Penal artículos 1º ° 11 N° 9 14 N° 1 15 Nº 1 30 49 0, 48 y 494 del Código Penal, RESUELVO: I. Que se condena a HUGO ANDRÉS MUÑOZ ARANEDA, RUN 17.915.529-K, a la pena de MULTA ASCENDENTE A UN SEXTO (1/ ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de un DELITO CONSUMADO DE DAÑOS, cometido en esta jurisdicción el 20 de agosto de 2023. II. Que se condena a HUGO ANDRÉS MUÑOZ ARANEDA, RUN 17.915.529-K, a la pena de MULTA ASCENDENTE A UN SEXTO (1/ ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de una FALTA PENAL CONSUMADA DE COACCIONES, infracción al artículo 9 N° 1 del Código Penal, cometida en esta jurisdicción el 20 de agosto de 2023. III. Que, las multas impuestas en los números I. y II. se tienen por cumplidas con cargo a un día de detención en esta causa. IV. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Ejecutoriado el presente fallo dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 8 del Código Procesal Penal. Regístrese y dese copia. RUC 2 00 9 - RIT 5 1 -202 Dictada por don MAURICIO ALEJANDRO TORRES CONTRERAS, Juez de Garantía (S). Código: MHVGXXMXYKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MHVGXXMXYKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-11T12:02:16-0300

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO SENTENCIA DEFINITIVA: Temuco, tres de octubre de dos mil veintitrés.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de HUGO ANDRÉS MUÑOZ ARANEDA, RUN 17.915.529-K, obrero, domiciliado en El Pinar Nº 70, Labranza, comuna de Temuco, asistido por la abogada defensora penal Sra. PAULINA GANDERATS MORENO, y el imputado debidamente adver

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