MP C/ MIGUEL ANGEL COLIHUINCA MARÍN
Rol
O-6813-2022
Fecha
3 de octubre de 2023
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 05 de noviembre de 2022, cerca de las 16.30 horas, el imputado MIGUEL ANGEL COLIHUINCA MARIN, concurre hasta el domicilio de su prima, Jaqueline del Carmen Marín, ubicado en la Rut S379 a la altura del KM7 de la comuna de Padre Las Casas. En el lugar, el imputado de manera agresiva, procedió a insultarla, a ella y a sus hijas, manifestándole a la víctima “te voy a matar, maraca y a ti y a tus hijas, eres una bastarda, puta de mierda”, provocando temor en la víctima de ser agredida por el comportamiento agresivo que mostraba, solicitando la presencia de personal de carabineros, existiendo además causas anteriores que habían motivado al Ministerio público que concediera medidas de protección de rondas periódicas en favor de la víctima. Personal policial tomó contacto con el imputado, en ese momento el imputado se abalanzó sobre la víctima, con troncos de leña, con la finalidad de agredirla, lanzándolos, pero no logrando el objetivo de golpearla, señalándole delante del personal policial, “te voy a matar, maraca concha tu madre”, logrando ser, finalmente, reducido por personal de carabineros, quienes lo trasladaron hasta el centro de Salud Conunhuenu. El imputado no accedió a ser atendido. Se dejó constancia que probablemente se encontraba bajo los efectos de estupefacientes y alcohol; y agresivo al punto que no fue posible bajarlo del carro policial, Código: HXYGXXPVYKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl aun entre 5 funcionarios, por lo que no se pudo realizar la constatación de lesiones.” II. La fiscalía representada por el Fiscal Adjunto Sr. JUAN PABLO SALAS CASTRO, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal modificó el requerimiento y tuvo los hechos como una FALTA PENAL DE COACCIONES, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, le atribuye al requerido la calidad de AUTOR DIRECTO, reconoce en su favor la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Pen
Fallo
Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 70, 494 N° 16 del Código Penal, RESUELVO: I. Que se condena a MIGUEL ANGEL COLIHUINCA MARÍN, RUN 13.893.984-7, ya individualizado, a la pena de MULTA ASCENDENTE A DOS TERCIOS ( 3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de una FALTA PENAL DE COACCIONES, infracción al artículo 494 N° 16 del Código Penal, Código: HXYGXXPVYKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cometida en esta jurisdicción el 5 de noviembre de 2022, en perjuicio de Jaqueline del Carmen Marín. II. La multa impuesta en el número I. se tiene por cumplida con cargo a dos días de detención en esta causa. III. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada la sentencia dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Remítase copia de la sentencia al Registro Nacional de Condenas del Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese y dese copia. RUC 01099144-0 RIT 6813- 0 3 Dictada por don MAURICIO TORRES CONTRERAS, Juez de Garantía (S). Código: HXYGXXPVYKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-11T12:02:14-0300
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SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, tres de octubre de dos mil veintitrés.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado y el requerido MIGUEL ANGEL COLIHUINCA MARÍN, RUN 13.893.984- 7, obrero, con domicilio en Sector Rinconada lote Nº 40, Cunco Chico, comuna de Padre de las Casas, 14.8 3.0 1-1, debidamente informado de sus derechos y asistido por la abogada defensora penal pú
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