11º Juzgado Civil de Santiago

RODRÍGUEZ/I. MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL

Rol

C-12528-2020

Fecha

10 de noviembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto Comparece Belfor Domingo Rodríguez Santana, obrero, domiciliado en Laguna Sur 8694 departamento F, comuna de Pudahuel, y deduce demanda de declaración de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, domiciliada en Avda. San Pablo 8444, comuna de Pudahuel, solicitando que en definitiva se declare prescrita la acción destinada a obtener el pago de la deuda que ha devengado el inmueble ubicado en Avenida Laguna Sur 8694, departamento F, Rol 720-6, comuna de Pudahuel, que mantiene una deuda por concepto de cobro de derechos de aseo domiciliario que asciende a la suma de $1.113.697, correspondiente a valores impagos con vencimiento en el período comprendido entre el 22 de mayo de 1996 y 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, o aquella cantidad que a la época de dictar sentencia corresponda por dicho período. Manifiesta que la propiedad ubicada en Avenida Laguna Sur N°8694, Departamento F, Rol N°720-6, comuna de Pudahuel, mantiene una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario que asciende a la suma de $1.221.109, correspondiente a valores impagos con vencimiento en el período comprendido entre el 22 de mayo de 1996 al 15 de mayo del año 2002, y entre el 16 de agosto del año 2002 y 20 de diciembre del año 2019, todos inclusive, más intereses y reajustes. Refiere que respecto de las acciones que pudiera intentar el municipio por la deuda que corresponde al período con vencimiento entre el 22 de mayo de 1996 y 18 de mayo de 2005, por la suma de $1.113.697, (un millón ciento trece mil seiscientos noventa y siete pesos), se encuentra prescrita, toda vez que la demandada no ha procedido a realizar cobro judicial alguno por dicho concepto. Funda demanda en disposiciones contenidas en artículos 2492, 2497, 2512 y 2514 del Código Civil. M C-12528-2020 Foja: 1 En escrito de 16 de septiembre de 2020, La Ilustre Municipalidad de Pudahuel, contesta la acción deducida en su contra y se allana respecto del período que media entre los años 1

Fundamentos

Considerando I.-En cuanto a la demanda principal: Primero: Ha comparecido Belfor Domingo Rodríguez Santana deduciendo demanda de declaración de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, solicitando que en definitiva se declare prescrita la acción destinada a obtener el pago de la deuda que ha devengado el inmueble ubicado en Avenida Laguna Sur 8694, departamento F, Rol 720-6, comuna de Pudahuel, que mantiene una deuda por concepto M C-12528-2020 Foja: 1 de cobro de derechos de aseo domiciliario que asciende a la suma de $1.113.697, correspondiente a valores impagos con vencimiento en el período comprendido entre el 22 de mayo de 1996 y 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, o aquella cantidad que a la época de dictar sentencia corresponda por dicho período. Funda demanda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: La demandada se encuentra allanada a la acción deducida por el período que media entre los años 1996 y 2005, inclusive. Tercero: La prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y es producto del transcurso del tiempo unido a la inactividad del acreedor para hacer valer su derecho al crédito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2492 del Código Civil. Cuarto: Conforme lo establece el artículo 2515 del Código Civil establece que el plazo de prescripción es de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco años para las ordinarias. Por su parte el artículo 2521 sostiene que el plazo de prescripción de las acciones de las cuales el titular el Fisco de Chile y las Municipalidades es de 3 años, plazo de que conforme a las reglas generales se contabiliza desde que la obligación se ha hecho exigible. Quinto: En el caso de autos se pudo constatar de acuerdo al allanamiento que hace la demandada y certificado de deuda acompañado en la causa (folio 1): a) que la propiedad de calle Laguna Sur N°8694-F, comuna de Pudahuel, adeuda derechos de aseo municipales por el período que media entre el mes de mayo del año 1996 a diciembre del año 2019, por la suma ascendente a $1.221.109 y, b) la acción para exigir el pago de derechos de aseo adeudados por la propiedad de Laguna Sur N°8694-F, comuna de Pudahuel, por el período que media entre el mes de mayo del año 1996 y 18 de mayo del año 2005, ambos inclusive, se encuentra extinguido por prescripción por haber transcurrido el término que refiere la ley y por el cumplimiento de los demás requisitos legales. Sexto: Con el mérito de lo referido en el fundamento precedente, se acoge demanda de prescripción extintiva por el cobro de derechos de aseo municipales respecto de la propiedad ubicada en Laguna Sur N°8694-F, comuna de Pudahuel, por el período que va desde el 22 de mayo de 1996 y 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, y que asciende a la suma de $$1.113.697, (un millón ciento trece mil seiscientos noventa y siete pesos). Séptimo: Habiéndose allanado la parte demandada a la pretensión referid

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda principal declarándose prescritas las acciones derivadas para el cobro de derechos de aseo municipales respecto de la propiedad ubicada en Laguna Sur N°8694-F, comuna de Pudahuel, por el período que va desde el 22 de mayo de 1996 y 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, y que asciende a la suma de $$1.113.697, (un millón ciento trece mil seiscientos noventa y siete pesos). II.- Que, se acoge demanda reconvencional de cobro de derechos de aseo respecto de la propiedad de Laguna Sur N°8694-F, comuna de Pudahuel, por los años 2018 y 2020, ambos inclusive, por la suma ascendente a $164.797, (ciento sesenta y cuatro mil setecientos noventa y siete pesos). M C-12528-2020 Foja: 1 III.- Que, cada parte pagará sus costas en cuanto a la demanda principal y reconvencional: Regístrese y archivase; Rol N°12528-2020 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Noviembre de dos mil veinte M Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-10T11:42:23-0300

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C-12528-2020 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-12528-2020 CARATULADO : RODR GUEZ/I. MUNICIPALIDAD DEÍ PUDAHUEL Santiago, diez de Noviembre de dos mil veinte Visto Comparece Belfor Domingo Rodríguez Santana, obrero, domiciliado en Laguna Sur 8694 departamento F, comuna de Pudahuel, y deduce demanda de declaración de prescrip

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