JUAN COLLIO CALVIL C/ MARIANELA PAZ JARA JARA
Rol
O-5021-2022
Fecha
10 de octubre de 2023
Materia
AMENAZA CON ARMA (FALTA) ART. 494 Nº 4 CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 13 de diciembre de 2022, siendo las 15:00 aproximadamente, la victima JUAN COLLIO CALVIL se encontraba junto a su grupo familiar en su domicilio ubicado en calle David Arellano # 6018, comuna de Peñalolen, llegando al lugar la madre de sus nietas menores de edad, la requerida MARIANELA JARA JARA quien con un cuchillo en la mano de 12 cm de hoja y 11 cm. de empuñadura, procedió a amenazarlo de forma seria, grave y verosímil diciéndole “viejo culiao te voy a matar, te voy a dar de baja viejo culiao, te voy a quemar la casa”. Delito y grado de desarrollo FALTA PREVISTA EN EL ART. artículo 494 Nº 4 CODIGO PENAL, consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes 11 Nº 9 Código Penal Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MARIANELA PAZ JARA JARA, ya individualizada en la audiencia, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la pena del COMISO del arma blanca incautada, como autor de la falta prevista en el art. 494 N°4 del Código Penal, hecho ocurrido el día 13 de diciembre de 2022, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena de multa esta se da por cumplida con uno de los días de privación de libertad con ocasión de estos hechos, a saber el día 14 de diciembre de 2022. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: GXYVXXXGKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: GXYVXXXGKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GXYVXXXGKYM
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MARIANELA PAZ JARA JARA, ya individualizada en la audiencia, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la pena del COMISO del arma blanca incautada, como autor de la falta prevista en el art. 494 N°4 del Código Penal, hecho ocurrido el día 13 de diciembre de 2022, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena de multa esta se da por cumplida con uno de los días de privación de libertad con ocasión de estos hechos, a saber el día 14 de diciembre de 2022. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: GXYVXXXGKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: GXYVXXXGKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GXYVXXXGKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-10T16:16:57-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2201252250-2 RIT : 5021 - 2022 IMPUTADO : MARIANELA PAZ JARA JARA Cédula de Identidad : 0018725743-3 Nacionalidad : CHILENA Fecha de nacimiento : 01-11-1991 Domicilio : Calle EL RODEO Nº 2082, PEÑALOLEN PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : diez de octubre de dos mil veintitrés JUEZ : CLAUDIA XIMENA GODOY ASPEE (titular) Hechos El día
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