SEBASTIÁN ALEJANDRO BASÁEZ RAMÍREZ C/ PAZ ESTER HORMAZÁBAL RAMÍREZ
Rol
O-116-2023
Fecha
10 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en este Tribunal de Garantía, se conoció el juicio seguido en contra de la requerida PAZ ESTER HORMAZABAL RAMIREZ, chilena, RUN: - , 47 años, secretaría, casada, domiciliada en Calle LOS LIRIOS Nº 08, Chile Chico. Por el Ministerio Público compareció el fiscal adjunto ALVARO SANHUEZA TASSO, domiciliado en Bernardo O’Higgins 0 , Chile Chico. La requerida fue defendida por el defensor penal público ALEX BOLLMAN ASTUDILLO, con domicilio en calle Pedro Antonio González , Chile Chico. SEGUNDO: El requerimiento que fue conocido en el juicio oral, consta en auto de apertura de fecha de septiembre de 0 , de este Juzgado de Garantía, y es del tenor siguiente: “El día 0 de enero de 0 , a las 0 :0 horas aproximadamente, la requerida PAZ ESTER HORMAZÁBAL RAMÍREZ, condujo en estado de ebriedad y en contra el normal sentido del tránsito, la camioneta, marca Mazda, modelo BT- 0, Placa Patente Única JWGF-4 , por calle Ramón Freire de la comuna de Chile Chico, siendo fiscalizada en el lugar por funcionarios de Carabineros, percatándose estos de la condición física en que la imputada se encontraba conduciendo la camioneta, debido principalmente a su hálito alcohólico, entre otros signos físicos. Por lo anterior se sometió al examen respiratorio de intoxilyzer, el cual arrojó gramos por mil de alcohol en la sangre, siendo trasladado al Hospital de Chile Chico, lugar en donde el facultativo de turno, le practicó examen de alcoholemia, el cuál arrojó de acuerdo a lo informado por el Servicio Médico Legal, un resultado de gramos por mil de alcohol en la sangre.” Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD prescrito y sancionado en el artículo en relación a lo dispuesto en el artículo 0 de la ley 8 0, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole a la imputada participación en calidad de AUTOR, de conformidad a lo dispuesto en el artículo N° del Código Penal A juicio del Ministerio Público, la requerida Paz Ester Hormazábal Ramírez le favorece la atenuante de responsabilidad penal del artículo N° del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior. Código: XKBXXXHXGWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En cuanto a la pena solicitada, el Ministerio Público requiere que se aplique la siguiente pena de 40 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 0 Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de la licencia de conducir por el periodo de años, accesorias del artículo 0 del código penal y costas de la causa TERCERO. Alegatos de los intervinientes: En la apertura, el fiscal indicó que se logrará establecer el hecho más allá de toda duda razonable mediante el testimonio de los funcionarios policiales a cargo del procedimiento Moisés Herrera y Alexis Jaramillo Parada, quienes estaban de patrullaje el día de los hechos y vieron la camioneta conducida por la requerida zigz
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo prescrito en los artículos , , 8, 4 del Código Penal; , , 7, 8, y siguientes, 8, , 40 y 4 del Código Procesal Penal; 0, y 0 de la ley de tránsito, se declara: I.- Que SE ABSUELVE a la requerida PAZ ESTER HORMAZABAL RAMIREZ RUN no. - , ya individualizada, por su responsabilidad en calidad de autor por el delito de conducción en estado de ebriedad el día 0 de enero de 0 en calle Ramón Freire de la comuna de Chile Chico, previsto y sancionado en el artículo con relación a lo dispuesto en el artículo 0, ambos de la ley 8 0 II.- Que habiéndose dictado sentencia absolutoria, se condena en costas al Ministerio Publico. Anótese, regístrese, dese cuenta en las estadísticas mensuales, y archívese en su oportunidad. SENTENCIA DICTADA POR DON GUILLERMO REINALDO FRENE CANDIA, JUEZ TITULAR. Código: XKBXXXHXGWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XKBXXXHXGWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XKBXXXHXGWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-10T14:23:55-0300
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CHILE CHICO, a diez de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en este Tribunal de Garantía, se conoció el juicio seguido en contra de la requerida PAZ ESTER HORMAZABAL RAMIREZ, chilena, RUN: - , 47 años, secretaría, casada, domiciliada en Calle LOS LIRIOS Nº 08, Chile Chico. Por el Ministerio Público compareció el fiscal adjunto ALVARO SANHUEZA TASSO, domiciliado en B
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