Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ FELIPE ESTEBAN VERGARA SEPÚLVEDA

Rol

O-3743-2023

Fecha

6 de octubre de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 7 de mayo del año 3, alrededor de las 5:55 horas, en avenida Federico Santa María, a la altura del número 38 , Playa Ancha, Valparaíso, el acusado Felipe Esteban Vergara Sepúlveda, fue fiscalizado por personal de Carabineros, al interior del vehículo marca Kia, placa patente única HGTC-93, portando, poseyendo y ocultando, sin la competente autorización, 6 bolsas de nylon transparentes, contenedoras de 3 ,66 gramos netos de cocaína base y la suma de $ 88 , en dinero en efectivo, para su transferencia a terceros” Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra se encuentra registrada en el audio pertinente.

Fallo

Por estas consideraciones y en conformidad a lo dispuesto en los artículos °, N° 9, N° 6, 5,3 ,5 ,68,7 del Código Penal, artículo 4° de la Ley y 6 , artículos 4 6 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA: ° Que se CONDENA a FELIPE ESTEBAN VERGARA SEPÚLVEDA, cédula de identidad N° 5 76 958- , ya individualizado, en calidad de autor del delito tráfico de estupefacientes, en pequeñas cantidades previsto y sancionado en le artículo ° y 4° de la ley , hecho ocurrido con fecha 7 de mayo de 3, en esta ciudad, a sufrir la pena corporal de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. 2° Se autoriza al pago de la multa de una unidad tributaria mensual en cuatro parcialidades de un cuarto de unidad tributaria mensual, dentro de quinto día una vez ejecutoriada la sentencia, el no pago de una de las parcialidades hará exigible lo dispuesto en el artículo 49 del código penal. 3° Se decreta el comiso del dinero incautado, esto es los 88 - pesos en dinero en efectivo 4° Que se ordena la destrucción de la droga incautada Código: BSFXXXXXWVQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5° Que dado el extracto de filiación y antecedentes del sentenciado Felipe Esteban Vergara Sepúlveda, no es merecedor de ninguna pena sustitutiva de la Ley 8 6, que de manera ta

Texto Completo (Preview)

C/ FELIPE ESTEBAN VERGARA SEPÚLVEDA, cédula de identidad N° 5 76 958- , con domicilio en calle Pasaje 3 casa 3 4to sector, Playa Ancha, Valparaíso. Hechos: “El día 7 de mayo del año 3, alrededor de las 5:55 horas, en avenida Federico Santa María, a la altura del número 38 , Playa Ancha, Valparaíso, el acusado Felipe Esteban Vergara Sepúlveda, fue fiscalizado por personal de Carabineros, al interi

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