MP C/ NICOLÁS LAUTARO CÁCERES CÓRDOVA
Rol
O-4779-2023
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 23 de mayo de 2023, aproximadamente a las 15: 14 horas, el imputado en el interior de tienda FALABELLA ubicada en calle Sucre N° 250, Viña del Mar, procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de sus dueños, las siguientes especies: dos perfumes La Martina, tres calcetines y un par de calcetas. Las especies fueron avaluadas en la suma de 179.940 pesos, con las cuales ocultas en sus vestimentas, traspasó las cajas registradoras de dinero sin cancelar su valor, siendo retenido por los guardias de seguridad del local afectado”. SENTENCIA: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 11 N° 9 y demás pertinentes del Código Penal y del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se CONDENA a NICOLÁS LAUTARO CÁCERES CÓRDOVA, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, a la accesoria a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de hurto simple frustrado, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado en esta ciudad el día 23 de mayo del año 2023. II. Que por cumplirse los requisitos de la Ley 18.216 para hacerlo procedente, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado por REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el término de UN AÑO, para lo cual el sentenciado deberá concurrir dentro del quinto día y ejecutoriada esta sanción ante el recinto de Gendarmería ubicado en calle Pirámide 524 de Valparaíso, sometiéndose al control de dicha Unidad de Gendarmería. En el evento que el imputado no se presente o se le revoque la remisión condicional, se deja constancia que no tiene abonos para el cumplimiento de la pena corporal. Se deberá presentar al Centro de Reinserción Social de Valparaíso el día 23 de octubre del año en curso. Código: YXMMXXQFHGN Este d
Fallo
se declara: I. Que se CONDENA a NICOLÁS LAUTARO CÁCERES CÓRDOVA, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, a la accesoria a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de hurto simple frustrado, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado en esta ciudad el día 23 de mayo del año 2023. II. Que por cumplirse los requisitos de la Ley 18.216 para hacerlo procedente, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado por REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el término de UN AÑO, para lo cual el sentenciado deberá concurrir dentro del quinto día y ejecutoriada esta sanción ante el recinto de Gendarmería ubicado en calle Pirámide 524 de Valparaíso, sometiéndose al control de dicha Unidad de Gendarmería. En el evento que el imputado no se presente o se le revoque la remisión condicional, se deja constancia que no tiene abonos para el cumplimiento de la pena corporal. Se deberá presentar al Centro de Reinserción Social de Valparaíso el día 23 de octubre del año en curso. Código: YXMMXXQFHGN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III. Que se impone al sentenciado el pago de una multa en beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se entiende pagada con el día que estuvo privado de libertad con ocasión de este procedimiento. IV. Que se exime al sentenciado el pago de las costas
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Fecha Viña del Mar, cinco de octubre de dos mil veintitrés. RUC 2300563320-6 RIT 4779 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA NICOLÁS LAUTARO CÁCERES CÓRDOVA. 0016754751-6 Sector Playa Ancha Porvenir Bajo calle Diecinueve Casa Nº 29 Valparaíso. HECHOS: “El día 23 de mayo de 2023, aproximadamente a las 15: 14 horas, el imputado en el interior de tienda FALABELLA ubicada en calle Sucre N° 250
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