Juzgado de Garantía de Villarrica.

DUVAL ANDRES BARRA ANDANA C/ MARIO ALFREDO ROSAS SAN MARTÍN

Rol

O-813-2020

Fecha

8 de octubre de 2023

Materia

RIÑA PÚBLICA (496 Nº 10 CÓDIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Juzgado de Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-24158 Email jgvillarrica@pjud.cl FECHA Villarrica, ocho de octubre de dos mil veintitrés RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA PATRICK ARIEL PARRA BECKER - Calle DE MAYO Nº Villarrica. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES No concurren AGRAVANTES No concurren SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente, lo dispuesto en los artículos , , , , , , 9, , del Código Penal, los artículos , , 9 , 9 , 9 del Código procesal Penal: SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a PATRICK ARIEL PARRA BECKER a una MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como Autor de la falta de Riña pública 9 Nº Código Penal), ocurrida en esta comuna el día de junio de . II.- La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida Unidad Tributaria en el momento de su pago, en la I. Municipalidad de Villarrica. III.-

Fundamentos

Considerando que en la especie concurren antecedentes que no hacen aconsejable la imposición de la pena al imputado, como lo es su irreprochable conducta anterior, que se le ha reconocido en el requerimiento durante el juicio oral, en unión a lo dispuesto en el artículo 9 del Código Procesal Penal, SE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA Y SUS EFECTOS POR EL PLAZO DE SEIS MESES, transcurrido el cual si el requerido no hubiese sido objeto de nuevo requerimiento o de formalización de la investigación, se dejará sin efecto la presente resolución y, en su reemplazo se decretará el sobreseimiento definitivo. IV.- Que se le exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Código: QVXLXXDJFQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-24158 Email jgvillarrica@pjud.cl RUC 2000560453-3 RIT 813-2020 Dictado por FRANCISCO MADRID ALARCÓN, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Villarrica. Código: QVXLXXDJFQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QVXLXXDJFQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-10T10:20:46-0300

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente, lo dispuesto en los artículos , , , , , , 9, , del Código Penal, los artículos , , 9 , 9 , 9 del Código procesal Penal: SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a PATRICK ARIEL PARRA BECKER a una MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como Autor de la falta de Riña pública 9 Nº Código Penal), ocurrida en esta comuna el día de junio de . II.- La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida Unidad Tributaria en el momento de su pago, en la I. Municipalidad de Villarrica. III.- Considerando que en la especie concurren antecedentes que no hacen aconsejable la imposición de la pena al imputado, como lo es su irreprochable conducta anterior, que se le ha reconocido en el requerimiento durante el juicio oral, en unión a lo dispuesto en el artículo 9 del Código Procesal Penal, SE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA Y SUS EFECTOS POR EL PLAZO DE SEIS MESES, transcurrido el cual si el requerido no hubiese sido objeto de nuevo requerimiento o de formalización de la investigación, se dejará sin efecto la presente resolución y, en su reemplazo se decretará el sobreseimiento definitivo. IV.- Que se le exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Código: QVXLXXDJFQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía Villarrica Juzgado

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Juzgado de Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-24158 Email jgvillarrica@pjud.cl FECHA Villarrica, ocho de octubre de dos mil veintitrés RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA PATRICK ARIEL PARRA BECKER - Calle DE MAYO Nº Villarrica. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES No concurren

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