8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ GABRIELA ANDREA QUIJADA FARIÑA

Rol

O-4379-2022

Fecha

8 de octubre de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS RECONOCIDOS El día 17 de agosto de 2022, cerca de las 11:45 horas la imputada GABRIELA ANDREA QUIJADA FARIÑA se ingresa alcoholizada desde la calle al interior del supermercado Líder, ubicado en avenida Irarrazaval N° 2928, comuna de Ñuñoa, específicamente a la zona de los baños de mujeres, donde procede a ensuciar y lanzar agua al suelo, por lo que guardias del sector se acercan a dicha dependencia a objeto de indicarle que no estaba permitido ese tipo de uso del baño y que saliera del lugar atendido no ser una cliente del local, lo que altero a la imputada quien atendido su estado etílico procede a lanzarle una bolsa con pulseras al guardia, sin lesionarlo y a patear la puerta de uno de los baños, una puerta metálica, la cual daña y rompe descuadrándola. Los daños en la puerta metálica del baño del local comercial fueron avaluados en la suma de $350.000. Santiago, ocho de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°, 11 n°9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 70, 79, 484 del Código Penal; artículos 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a GABRIELA ANDREA QUIJADA FARIÑA, cédula de identidad número 17.421.886-2, 37 años, domiciliada en calle Las Encinas n°2909, casa H, comuna de Ñuñoa, a la pena de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1 UTM), como autora del delito consumado de daños, tipificado y sancionado en el artículo 484 del Código Penal, perpetrado el día 17 de agosto de 2022, en la comuna de Ñuñoa. II.- Que en consideración a que la imputada estuvo privada de libertad por estos hechos por controles de la detención, los días 18 de agosto de 2022, 13 de Código: XRLJXXSNWTL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 enero de 2023 y el día de hoy, 8 de octubre de 2023, la pena de multa impuesta se tendrá por cumplida. III.- Que se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa, por haber sid

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a GABRIELA ANDREA QUIJADA FARIÑA, cédula de identidad número 17.421.886-2, 37 años, domiciliada en calle Las Encinas n°2909, casa H, comuna de Ñuñoa, a la pena de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1 UTM), como autora del delito consumado de daños, tipificado y sancionado en el artículo 484 del Código Penal, perpetrado el día 17 de agosto de 2022, en la comuna de Ñuñoa. II.- Que en consideración a que la imputada estuvo privada de libertad por estos hechos por controles de la detención, los días 18 de agosto de 2022, 13 de Código: XRLJXXSNWTL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 enero de 2023 y el día de hoy, 8 de octubre de 2023, la pena de multa impuesta se tendrá por cumplida. III.- Que se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa, por haber sido representada por la defensoría penal pública y haber aceptado responsabilidad en los hechos, evitándose los costos de un juicio propiamente tal. Se deja constancia que los intervinientes renunciaron a los plazos y recursos legales en la audiencia de rigor en contra de la presente sentencia; por lo tanto, certifíquese y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. RUC 2200800106-9 RIT 4379-2022 DICTADA POR DOÑA ESTEFANÍA ASENJO ARELLANO, JUEZA DEL OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN E

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1 RESUMEN RUC : 2200800106-9 RIT : 4379-2022 MATERIA : DAÑOS, ARTÍCULO 484 CÓDIGO PENAL IMPUTADO : GABRIELA ANDREA QUIJADA FARIÑA DEFENSOR PÚBLICO : ROBERTO RODRÍGUEZ FISCAL : RICARDO JARA LEIVA RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : 11 n°9 Código Penal AGRAVANTES : NO SE INVOCAN HECHOS RECONOCIDOS El día 17 de agosto de 2022, cerca de las 11:45 horas la imputa

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