Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ RODRIGO TOMÁS PARDO FUENTES

Rol

O-4461-2023

Fecha

5 de octubre de 2023

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 10 de mayo del año 2023 aproximadamente a las 18 horas con 40 minutos funcionarios policiales de la 62 Comisaría de Carabineros de la comuna de San Bernardo, realizaban patrullajes preventivos en calle ojos del salado intersección de calle Santa Mercedes de la comuna san Bernardo, en aquellas circunstancia fiscalizan al vehículo motorizado taxi básico placa patente única BX KF49 el cual era conducido por don Rodrigo Tomás Pardo Fuentes al momento de solicitarle la identificación del vehículo y su licencia de conducir carabineros se percató que poseía solo licencia de Conducir clase B y no poseía licencia Profesional requerida. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1 y 4 de la Ley No. 18.216; 194 de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se condena a RODRIGO TOMÁS PARDO FUENTES, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción sin la licencia profesional debida, en grado de ejecución consumado, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal, el 10 de mayo de 2023. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo Código: PJGVXXXLBPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 1 año, sujeto a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo

Fallo

se declara: I.- Que se condena a RODRIGO TOMÁS PARDO FUENTES, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción sin la licencia profesional debida, en grado de ejecución consumado, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal, el 10 de mayo de 2023. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo Código: PJGVXXXLBPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 1 año, sujeto a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 5 de la Ley No. 18.216 y las demás que el referido organismo le imparta. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 2300511848-4 RIT 4461 - 2023 Dictada por PABLO ALFONSO ESCOBAR NAVARRO, Juez(a) Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. Código: PJGVXXX

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO Fecha : cinco de octubre de dos mil veintitrés. Imputado : RODRIGO TOMÁS PARDO FUENTES, cédula de identidad N° 13.499.457-6, nacido el 27 de octubre de 1978, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Pasaje SAN LUCAS Nº 13709, comuna de San Bernardo. Fiscal : VLADIMIR CHANDÍA Defensor : JESS

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