MARIA IGNACIA GALLEGOS CACERES C/ JOSÉ MIRZON VELÁSQUEZ GALLARDO
Rol
O-1061-2022
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a don JOSÉ MIRZON VELÁSQUEZ GALLARDO, RUN . . - , ya individualizado, a la pena única de 3 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; multa de UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; accesoria legal de SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR por el plazo de AÑO; y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inciso 3° del Código Penal y un delito consumado de uso malicioso de placa patente falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley N° 18.290 de Tránsito, ambos perpetrados en Calbuco el día 3 de junio de . II.- Que se sustituye el cumplimiento de ambas penas privativas de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control y observancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Puerto Montt por el plazo de 3 AÑOS debiendo cumplir los restantes requisitos del artículo 5° de la ley N° 18.216. El sentenciado deberá presentarse a dicho centro en fecha que le fijará el Tribunal, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra. Si esta pena sustitutiva fuere revocada, el sentenciado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá Código: CLWMXXFKH
Texto Completo (Preview)
DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Calbuco, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 49 y siguientes
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