GOLDEN SUN SPA/
Rol
V-1172-2020
Fecha
10 de noviembre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que a fojas 1 comparece don Roberto Benjamín Sepúlveda Olavarría, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N° 13.549.986-2, en representación convencional de Golden Sun SpA, empresa de nacionalidad chilena, R.U.T. 76.692.656-8 del giro de generación de proyectos de E.R.N.C., ambos domiciliados en Burgos N° 80, Oficina 201, Las Condes, Santiago, quien, según presentación de fecha 10 de julio de 2020, solicita una concesión de exploración de 200 hectáreas, a la que denomina “PROYECTO GOLDEN SUN 6” cuyo punto medio se sitúa en la comuna y provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2º) Que dicho pedimento se publica en el Boletín Oficial de Minería N° 42.717 de fecha 29 de julio de 2020 y se inscribe en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó a fojas 2.221 N° 1.366 con fecha 14 de julio de 2020. 3º) Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 2.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) V1 6.987.500,00 390.000,00 V2 6.987.500.00 391.000,00 V3 6.985.500,00 391.000,00 V4 6.985.500,00 390.000,00 Y correspondiendo su punto medio a la intersección de las coordenadas 6.986.500,00 metros norte con la abscisa 390.500,00 metros este. 4º) Que a folio 14 consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, N° 5426 de fecha 23 de octubre de 2020. 5º) Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Por tales consideraciones y de acuerdo además con los artículos 1º, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: V-1172-2020 Declárase constituida la concesión de exploración “PROYECTO GOLDEN SUN 6”, sobre una superficie de 200 hectáreas, ubicadas en la comuna y provincia de Copiapó, a favor de Golden Sun SpA., antes individualizada y apruébase su plano Publíquese esta sentencia y al efecto dese extracto. Inscríbase. Archívese los planos en el Conservador de Minas de Copiapó. Regístrese, notifíquese dese copias y practíquese cada una de las diligencias una vez ejecutoriada. Hecho, archívese. Pronunciada por doña Alejandra Jimena Orellana Negrez, Jueza Interina del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, diez de noviembre de dos mil veinte. cmr Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-10T11:16:28-0300
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V-1172-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1172-2020 CARATULADO : GOLDEN SUN SPA/ Copiapó, diez de noviembre de dos mil veinte. Vistos y considerando: 1º) Que a fojas 1 comparece don Roberto Benjamín Sepúlveda Olavarría, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N° 13.549.986-2, en representación convencional de Golden Sun SpA, empresa
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