JUAN GABRIEL GONZALEZ VILLABLANCA C/ ALFREDO HERNÁN RODA CÁRCAMO
Rol
O-1436-2023
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N° 16 14 N°1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69 y 70 del Código Penal; 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 209 de la Ley de Tránsito; y las normas pertinentes de la Ley 18.216;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a don ALFREDO HERNÁN RODA CÁRCAMO, cédula de identidad N° 19.898.828-6, domiciliado en pasaje El Bosque N° 937, Villa San Alberto, comuna de La Ligua; a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; en su calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado con sanción vigente, descrito y sancionado en el artículo 209 de la Ley 18.290, cometido el día 4 de agosto de 2023, en la comuna de La Ligua. II.- Que reuniéndose en la especie respecto del sentenciado los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley 18.216, se sustituye la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta por la realización de trabajos comunitarios en beneficio de la comunidad, habiéndose otorgado el consentimiento por el sentenciado, por lo que la pena impuesta se traduce en horas de trabajos no remunerados en beneficios a la comunidad, por un total de 81 HORAS, sin abonos que considerar. Para tales efectos el sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Quillota, bajo apercibimiento de decretarse en su contra orden de detención. Código: VSNGXXWLHXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Se otorga al sentenciado la posibilidad de pagar la multa impuesta en SEIS PARCIALIDADES I
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, cinco de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N° 16 14 N°1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49, 51
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