C/ LUIS ENRIQUE LÓPEZ PINO
Rol
O-4521-2023
Fecha
3 de octubre de 2023
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia dela Fiscal Adjunto Sra. Verónica Ibarra L. y de la defensora penal público Sra. Jessica Aguilera A. Comparecen el imputado Luis Enrique López Pino, cédula de identidad 14.573.650-1, sujeto a prisión preventiva en esta causa.- El hecho atribuido al requerido consiste, en síntesis, en que el día 02 de Julio del año en curso, aproximadamente a las 19:00 horas, en circunstancias que Héctor Caballero Villanueva, se desplazaba por calle José Francisco Vergara a la altura del N° 95, Quilicura, fue abordado por una persona que simuló ser conocido suyo, y aprovechando su inadvertencia le sustrajo el aparato de telefonía celular marca Samsung, dándose a la fuga, siendo posteriormente detenido por la policía con al teléfono en su poder.- En concepto de la Fiscalía el hecho descrito constituye un delito de robo por sorpresa, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, atribuyendo participación al encartado en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 Nº 1 del mismo código Reconociendo el concurso de las atenuantes de responsabilidad del artículo 11 del Código Penal, N° 9, ejerce la potestad de rebajar la pena en un grado y postula penas de 301 días de presidio menor en grado mínimo, accesorias legales, sin costas.- SEGUNDO: Se advirtió al imputado de la penas probables a aplicar a este procedimiento y en definitiva renunció a su derecho a juicio oral futuro, aceptando su responsabilidad en los hechos. TERCERO: Los hechos objeto del requerimiento explícitamente reconocidos por el imputado, configura el delito de robo por sorpresa, en grado de consumado, previsto en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, en la medida que se ejecutaron actos tendientes a provocar confusión en la víctima, actuando sorpresivamente, aprovechando la inadvertencia y confusió
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 30, 68 bis, 432, 436 inciso segundo del Código Penal, se resuelve: Se condena a Luis Enrique López Pino, cédula de identidad 14.573.650-1, ya individualizado, a la pena de 301 días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el lapso de cumplimiento de condena, en calidad de autor de un delito de robo por sorpresa, consumado, perpetrado el 02 de Julio de 2023.- La pena privativa de libertad habrá de cumplirse de modo efectivo, reconociendo como abonos el periodo que media entre el 2 de Julio al 3 de Octubre de 2023, esto es 94 días-.- Se exime al imputado de condena en costas de la causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Paulo Orozco López, Juez Titular del 2° Juzgado de Garantía de Santiago Código: PETHXXJKNXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-06T08:30:08-0300
Texto Completo (Preview)
DELITO : ROBO por SORPRESA ART. 436 INC 2° C.P. IMPUTADO : LUIS ENRIQUE LOPEZ PINO SENTENCIA : CONDENATORIA RUC : 2300709148-6 RIT : 4521 - 2023 Santiago, tres de Octubre del dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia dela Fiscal Adjunto Sra. Verónica Ibarra L. y de la defensora pe
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