MP C/ JAIRO ANDRÉS ENCINA VÁSQUEZ
Rol
O-1969-2023
Fecha
3 de octubre de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día de 20 de marzo del 2023 alrededor de las 04:30 horas los imputados Patricio Andrés Fornes Vicuña y Jairo Andrés Encina Vásquez con el ánimo de sustraer especies ingresaron por vía no destinada al efecto concretamente a través de la fractura de la reja perimetral al establecimiento Ramón Barros Luco hicieron al ingreso al interior de la dependencia por una ventana del lugar, ubicado en calle Victoria con intercepción con calle Morris Valparaíso, una vez en su interior el imputado Patricio Andrés Fornes Vicuña sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño tres cajas de cerámica marca Green de onda, cuatro envases removedor de pintura marca Pintosdo, tres tarros de marca Sikadur, 2 tarros marca Sikadur para sistema toxico para inyección inmortero especies con las cuales salió del inmueble ya referido, traslado hasta un carro de supermercado siendo sorprendido por Carabineros al exterior del referido inmueble, a su vez personal de Carabineros también las mismas circunstancias sorprendió al imputado Jairo Andrés Encina Vásquez al interior del inmueble ya indicado concretamente bajo de unas planchas de zinc de seis metros aproximadamente donde se estaba ocultando, motivo por el cual se procedió a su detención..” Valparaíso, tres de octubre de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra se encuentra registrada en el audio pertinente.
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad a lo dispuesto en los artículos °, N°9, N° 6, 5 N° , 9, , , del Código Penal; artículo 6 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8 de la Ley N° 8. 6; SE DECLARA: 1° Que se CONDENA a PATRICIO ANDRÉS FORNES VICUÑA, cédula de identidad 7. 7 .998- , ya individualizado, en calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, hecho ocurrido con fecha de marzo del , en perjuicio del establecimiento Ramón Barros Luco, ubicado calle Victoria con intercepción con calle Morris Valparaíso de esta ciudad, en a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y conforme lo Código: CDXLXXXXQXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl establece el artículo del Código Penal, a la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. 2° En relación a esta pena, concurriendo respecto del imputado, los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley N° 8. 6, se sustituye la pena originalmente impuesta por la RECLUSIÓN NOCTURNA DOMICILIARIA, fijándose respecto de la defensa, un plazo de días para que acompañe informe de factibilidad técnica respectivo. En caso de incumplimiento de lo anterior, deberá ingresar a cumplir la reclusión en un centro de Gendarmería. Registrando como abono 11 días, dado el tiempo que se encuentra privado de libert
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C/ PATRICIO ANDRÉS FORNES VICUÑA, cédula de identidad 7. 7 .998- , nacido el de enero de 989, años de edad, domiciliado en Felix Samaniego N° 65, cerro Barón, Valparaíso. HECHOS: “El día de 20 de marzo del 2023 alrededor de las 04:30 horas los imputados Patricio Andrés Fornes Vicuña y Jairo Andrés Encina Vásquez con el ánimo de sustraer especies ingresaron por vía no destinada al efecto concretam
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