ANONIMIZADO
Rol
C-141-2023
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos:
Fundamentos
Considerando que la parte demandante no dio cumplimiento a lo ordenado en resolución de fecha 19 de junio de 2023, dentro del plazo otorgado y encontrándose válidamente notificado por correo electrónico, se hace efectivo el apercibimiento señalado en la resolución, y en consecuencia no se da curso a la demanda. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese por estado diario. RIT: C-141-2023 Dictó Juez del Juzgado de Familia de Ancud, que se individualiza en la firma electrónica avanzada, según lo dispuesto en la Ley 20.886. Certifico, que la resolución que antecede se incluyó en el estado diario de...
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Familia de Ancud Ancud, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. Vistos: Considerando que la parte demandante no dio cumplimiento a lo ordenado en resolución de fecha 19 de junio de 2023, dentro del plazo otorgado y encontrándose válidamente notificado por correo electrónico, se hace efectivo el apercibimiento señalado en la resolución, y en consecuencia no se da curso a la demanda. R
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