PDI C/ RAMÓN ULISES ESPINOZA VERGARA
Rol
O-3932-2021
Fecha
4 de octubre de 2023
Materia
CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DE LA ACUSACIÓN “El día 23 de marzo de 2021, siendo las 13:45 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en Pasaje dos poniente N° 556, comuna de Peñaflor, el imputado RAMÓN ULISES ESPINOZA VERGARA, careciendo de la debida autorización, fue sorprendido por funcionarios de policía de investigaciones, cultivando y cosechando (04) plantas del genero cannabis sativa, las que oscilan entre 1 y 2,5 metros de altura, y la cantidad de 109,84 gramos brutos de cannabis sativa”. CALIFICACIÓN JURÍDICA: CULTIVO DE CANNABIS SATIVA previsto y sancionado en el artículo 8 de la ley 20.000. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORÍAS: 11 N°9, muy calificada. Sentencia.: 1.- Se condena a RAMÓN ULISES ESPINOZA VERGARA, cédula de identidad N° 0009701985-1, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 1/3 U.T.M., comiso y destrucción por parte del Ministerio Público de las especies incautadas, como autor de un delito consumado de CULTIVO DE CANNABIS SATIVA, previsto y sancionado en el artículo 8 de la ley 20.000, acaecido en este territorio jurisdiccional, el día 23 de marzo de 2021. 2.- Que la pena se le dará por cumplida imputándosele el mayor tiempo que permaneció en privado de libertad, en causa 1700889625-9 del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. 3.- En cuanto a la multa se da por cumplida, mayor tiempo que permaneció en privado de libertad, en causa 1700889625-9 del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: XNKZXXQEEXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 4.- Se le exime del pago de las costas. Atendida a la renuncia de plazos de las partes téngase la presente sentencia como firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Proce
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Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Individualización de audiencia de sentencia de procedimiento abreviado. Fecha Talagante, cuatro de octubre de dos mil veintitrés. Magistrado MARIA MAGDALENA G. PAIVA PASSERO Fiscal HELIA LILIANA MOYA AVILÉS Defensor MARLEN IVETTE QUINTANILLA LOBOS Hora inicio 10:23AM Hora termino 10:44AM Sala SALA Tribunal Juzgado
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