Juzgado de Garantía de Iquique.

DARIO ANDRES CORTES NU¤EZ C/ MARIO PABLO AGUIRRE CORTEZ

Rol

O-390-2023

Fecha

3 de octubre de 2023

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “En el mes de Enero del año , la Empresa SIMAE, cuyo rubro es el servicio de grúas con operador o arriendo de la misma y que se encuentra ubicada en calle Riquelme N° de la ciudad de Iquique, el encargado del lugar, recibió un llamado telefónico de una persona, hasta ahora no identificada, que se presentó como representante de la Empresa Constructora RVR, solicitando el arriendo de una grúa, acordando el arriendo mensual por la suma de $ . . , de una grúa tipo horquilla, marca, hyster, modelo H- 55 FT, PPU LGJY-55- , color amarillo año , avaluada en la suma de $ . . . Es así la víctima confiando de que hablaba con el representante de RVR, Empresa conocida en el rubro, envió a trabajadores, para hacer la entrega de la grúa, al supuesto arrendatario, debiendo trasladarse al sector del Puerto de Michilla, el cual se encuentra ubicado cerca de Mejillones. Una vez en el lugar los trabajadores de la Empresa SIMAE, fueron recibidos por un grupo de sujetos entre estos el acusado MARIO PABLO AGUIRRE CORTEZ, quien a sabiendas del engaño se presentó como uno de los trabajadores de la Empresa RVR, que venía a recibir la grúa en arriendo y con el fin de aparentar la veracidad de sus dichos e inducir al engaño, se trasladaba en una camioneta con logos imitativos y corporativos de la Empresa RVR. De esta manera el acusado MARIO PABLO AGUIRRE CORTEZ, previa firma de documentos y verificación de su identidad, recepciona la maquinaria y al momento en que se le solicita el pago por el arriendo, indica que por dificultades de conectividad a internet, por el lugar en que se encontraban, no podía generar en el acto, la transferencia electrónica del dinero, comprometiéndose a concretar el pago al día siguiente. Posteriormente en horas de la mañana el encargado de la Empresa SIMAE, verificó que el pago no se había realizado, intentando contactar al acusado, el cual no respondió más las llamadas, perdiendo todo tipo de contacto. Posteriormente se pudo determinar que la Empresa R

Fallo

SE DECLARA: Que se condena a MARIO PABLO AGUIRRE CORTEZ, cédula de identidad N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 47 del Código Penal, ocurrido en Iquique, en el curso del mes de enero del año , a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos que considerar PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS Suspensión de cargo u oficios públicos Durante el tiempo de la condena. PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Vencimiento / UTM No Deberá cancelarla una vez que recupere su libertad por causa diversa, mediante formulario n° de la Tesorería General de la República. Si no pagase sufrirá por vía de sustitución o apremio, la pena de reclusión regulándose en un día por cada / de UTM. NO CONCEDE PENA SUSTITUTIVA / CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE PENA Deberá cumplir la pena a continuación de la que actualmente cumple en el C.P. de Arica, sin solución de continuidad en la causa rit n° - , del Juzgado de Garantía de María Elena. COSTAS NO CONDENA EN COSTAS Cúmplase con el artículo del Código Procesal Penal. Intervinientes renuncian a los Plazos, SENTENCIA EJECUTORIADA. Se da orden de ingreso en calidad de rematado al Complejo Penitenciario de Arica. Dirigió la audiencia y resolvió doña TAMARA MUÑOZ SAEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Iquique. Código: HGKFXXHXKTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Iquique, tres de octubre de dos mil veintitrés Magistrado TAMARA MUÑOZ SAEZ Fiscal SILVANA LORENA SIERRA CASTILLO Defensor SCARLETT ANA MUÑOZ VENEGAS Hora inicio AM Hora termino AM Sala SALA A Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta FCM/E.M.A. RUC - RIT – Delito ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION

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