4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ OSCAR GERMÁN VENEGAS MONDACA

Rol

O-312-2021

Fecha

4 de octubre de 2023

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos atribuidos en la acusación fiscal y que constan en el auto de apertura de juicio oral de fecha veintinueve de julio del año dos mil veintiuno resultan del siguiente tenor: “El día 24 de agosto de 2019, alrededor de las 04:40 horas, mientras la víctima Victoria Martínez Covarrubias se encontraba en la intersección de Av. Libertador Bernardo O’Higgins con calle Irene Morales, comuna de Santiago, fue abordada por el imputado OSCAR VENEGAS MONDACA, quien sorpresivamente le arrebató el celular marca Samsung Modelo J7, que la víctima tenía en su mano, para luego huir del lugar con la especie sustraída en su poder en dirección al Parque Forestal, donde es detenido por personal policial, recuperando la especie sustraída”. A juicio del órgano persecutor los hechos resultan constitutivos del delito de robo por sorpresa, injusto penal previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, respecto del cual atribuye al encartado participación en calidad de autor. No se invocan circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y, atento a lo anterior, solicita que se imponga al acusado la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, penas accesorias legales y las costas de la causa. Tercero: Alegatos de apertura y cierre del Ministerio Público. Durante su alegato de apertura, la fiscal del caso comenta que espera que la prueba de cargo permita al tribunal alcanzar el estándar de convicción de condena por los hechos descritos en la acusación reiterándolos. Aduce que a metros de haberse cometido el delito, el acusado fue detenido por personal de carabineros, haciendo ver asimismo que todo esto se acreditará a través del reporte proferido por la víctima y los funcionarios aprehensores, además de la exhibición de fotos de la especie sustraída y las vestimentas de la persona que fue encontrado con ésta en su poder. Durante sus palabras de cierre menciona que, bajo

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Intervinientes. Con fecha veintinueve de septiembre del presente año, ante esta Sala del 4º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las juezas Rocío Morales Hernández, Jessica Beltrand Montenegro y Gloria Calvo Godoy, todas subrogando legalmente, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa rol interno del tribunal 312-2021, seguida en contra del acusado OSCAR GERMÁN VENEGAS MONDACA, R.U.N. 16.788.683-3, nacido el día 24 febrero de 1988 en Santiago, 35 años, soltero, maestro de cocina y carpintero restaurador, con domicilio en calle Nueva Nº 3860 Block 4 depto. 12 Villa Carán, Renca. Sostuvo la acusación fiscal en representación del Ministerio Público la fiscal del caso Marcela González, en tanto que sostuvo la defensa penal del acusado la abogada Verónica Eguyrreizaga, ambas profesionales con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Segundo: Formulación de Cargos. Los hechos atribuidos en la acusación fiscal y que constan en el auto de apertura de juicio oral de fecha veintinueve de julio del año dos mil veintiuno resultan del siguiente tenor: “El día 24 de agosto de 2019, alrededor de las 04:40 horas, mientras la víctima Victoria Martínez Covarrubias se encontraba en la intersección de Av. Libertador Bernardo O’Higgins con calle Irene Morales, comuna de Santiago, fue abordada por el imputado OSCAR VENEGAS MONDACA, quien sorpresivamente le arrebató el celular marca Samsung Modelo J7, que la víctima tenía en su mano, para luego huir del lugar con la especie sustraída en su poder en dirección al Parque Forestal, donde es detenido por personal policial, recuperando la especie sustraída”. A juicio del órgano persecutor los hechos resultan constitutivos del delito de robo por sorpresa, injusto penal previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, respecto del cual atribuye al encartado participación en calidad de autor. No se invocan circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y, atento a lo anterior, solicita que se imponga al acusado la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, penas accesorias legales y las costas de la causa. Tercero: Alegatos de apertura y cierre del Ministerio Público. Durante su alegato de apertura, la fiscal del caso comenta que espera que la prueba de cargo permita al tribunal alcanzar el estándar de convicción de condena por los hechos descritos en la acusación reiterándolos. Aduce que a metros de haberse cometido el delito, el acusado fue detenido por personal de carabineros, haciendo ver asimismo que todo esto se acreditará a través del reporte proferido por la víctima y los funcionarios aprehensores, además de la exhibición de fotos de la especie sustraída y las vestimentas de la persona que fue encontrado con ésta en su poder. Durante sus palabras de cierre menciona que, bajo su mirada, se logr

Fallo

se acuerda de mucho, sí sabe que la recibió su compañera, pero no recuerda si fue en voz alta. Luego de eso procedieron a la detención del sujeto a quien dieron a conocer sus derechos. No recordó si se le indicó al detenido el motivo de su aprehensión. Luego lo llevaron a la unidad tras pedir cooperación a otros que andaban en un vehículo policial. Tampoco recordó si la cabo Ramos le dijo a la joven que llamó que ya tenía en su poder a una persona detenida y cómo era. Apreció que es verdad que las imágenes del celular fueron tomadas sin carcasa, por eso no se ve en las Código: QQCLXXPFLTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 imágenes. No recordó si él tomó las fotos o no. No hubo registro del tráfico de llamadas desde el celular sustraído. Declaración de Egnee Francisca Ramos Gómez, cabo primero de carabineros, cédula de identidad Nº 18.353.127-4, quien tras ser juramentada manifestó que el día 24 de agosto de 2019 se encontraba de tercer turno en el Parque Forestal con el cabo segundo Luis Levi Nahuelcheo, realizaban patrullajes preventivos dentro del parque a la altura de calle Santiago Bueras, momento en que vieron a un sujeto alto, vestía jeans y polerón celeste o calipso, venía corriendo de sur a norte desde Alameda y entra al Parque Forestal con un celular en la mano, al verlos se toma la cabeza sorprendido, ellos se acercaron para hacer control de identidad y le preguntaron por qué corría con el celul

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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ÓSCAR GERMÁN VENEGAS MONDACA. DELITO DE ROBO POR SORPRESA RUC 1900910452-9 RIT 312-2021 __________________________________________________________________________________ _________ Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Primero: Intervinientes. Con fecha veintinueve de septiembre del presente año, ante esta Sala del 4º Tribunal de Jui

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