RICARDO ANDRES GALLARDO SANCHEZ C/ LUIS ALBERTO GALLARDO GUZMÁN
Rol
O-815-2023
Fecha
28 de septiembre de 2023
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los en los artículos 1, 110, 194 y demás pertinentes de la Ley 18.290, artículos 1, 11 N° 6 y 9, 15 N°1, 30, 68, 69, 70, 93, 105 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 341, 342, 343, 388, 393, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; y pertinentes de la Ley 18.216. SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a Luis Alberto Gallardo Guzmán, cédula de identidad N° 20.372.338-5, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado del delito de conducción sin la licencia profesional requerida, previsto y sancionado el artículo 194 de la Ley 18.290, cometido el día 14 de septiembre del año 2022, en la comuna de Las Cabras.- II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en la Ley 18.216 artículo 4° se le otorga la pena sustitutiva de Remisión Condicional de la pena, por el periodo minino de un año, quedando sujeto a la vigilancia y control de Gendarmería de Chile. Debiendo presentarse el día viernes; 06 de octubre del año en curso, a las 09:30 horas, para el ingreso administrativo al Centro de Reinserción Social que corresponda. III.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido las reglas del procedimiento simplificado. IV.- Ofíciese al Registro Civil e Identificación, a fin que omitan las anotaciones que esta sentencia diere a lugar en el extracto de filiación y antecedentes para efectos laborales del sentenciado Luis Alberto Gallardo Guzmán, en atención a lo dispuesto en al artículo 38 de la Ley 18.216.- Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a Luis Alberto Gallardo Guzmán, cédula de identidad N° 20.372.338-5, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado del delito de conducción sin la licencia profesional requerida, previsto y sancionado el artículo 194 de la Ley 18.290, cometido el día 14 de septiembre del año 2022, en la comuna de Las Cabras.- II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en la Ley 18.216 artículo 4° se le otorga la pena sustitutiva de Remisión Condicional de la pena, por el periodo minino de un año, quedando sujeto a la vigilancia y control de Gendarmería de Chile. Debiendo presentarse el día viernes; 06 de octubre del año en curso, a las 09:30 horas, para el ingreso administrativo al Centro de Reinserción Social que corresponda. III.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido las reglas del procedimiento simplificado. IV.- Ofíciese al Registro Civil e Identificación, a fin que omitan las anotaciones que esta sentencia diere a lugar en el extracto de filiación y antecedentes para efectos laborales del sentenciado Luis Alberto Gallardo Guzmán, en atención a lo dispuesto en al artículo 38 de la Ley 18.216.- Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportu
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. AUDIENCIA: P. SIMPLIFICADO. Fecha En Peumo veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado CRISTOBAL ANDRES GELDUN MANSILLA F
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