JOAQUIN ESTEBAN RAPIMN MONTES C/ SONIA ISABEL MILLAPE MILLANAO
Rol
O-208-2023
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000, POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Victoria, con fecha veintidós de septiembre del año en curso, se llevó a cabo audiencia de procedimiento abreviado de conformidad a lo establecido en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal con la presencia del Ministerio Público representado por doña Sofía Venegas, quien presentó acusación verbal en contra de doña SONIA ISABEL MILLAPE MILLANAO, cédula nacional de identidad N° 13.808.006-4, agricultora, domiciliada en Comunidad Santa Filomena, comuna de Victoria, representada por la Defensora Particular doña Katherine Castillo Matamala, y de don JOSÉ BERNARDINO MILLAPE MILLANAO, cédula nacional de identidad N° 12.564.231-4, domiciliado en Comunidad Santa Filomena, comuna de Victoria, representado por el Defensor Penal Público don Ricardo Cáceres Setién, por los siguientes hechos: “En el marco de una investigación dirigida por la Fiscalía Local de Victoria en conjunto con Policía de Investigaciones se dio cumplimiento en horas de la mañana del día 19 de mayo de 2023, a orden de entrada y registro autorizada previamente por vuestro tribunal al domicilio de los acusados SONIA MILLAPE MILLANAO y JOSÉ MILLAPE MILLANAO, ambos ubicados en Comunidad Santa Filomena de la comuna de Victoria. En ese contexto, al efectuar el registro al domicilio de la imputada SONIA MILLAPE MILLANAO a las 07:15 horas, se encontró al interior de la casa habitación diversas especies que la imputada guardaba, mantenía en su poder y a su disposición, tales como, diversas cajas y frascos de vidrio transparente que contenían sustancias vegetales de color verde, las que permanecían en periodo de secado y granel, con un peso neto de 8.156.04 kilogramos, las que fueron incautadas, posteriormente al realizar la correspondiente prueba de campo arrojó coloración positiva a la presencia de cannabis sativa THC. Continuando con el registro, en una de las habitaciones del inmueble de la acusada se encontraron 03 equipo
Fundamentos
considerando lo establecido en el artículo 70 del Código Penal, y el Informe Social, unido a lo que establece el artículo 10 N° 1 del Convenio 169 OIT, se le convierta y se le dé por cumplida con el tiempo privado de libertad, sin costas por la aceptación del procedimiento abreviado y ser atendido por la Defensoría Penal Pública. QUINTO: Que, con el mérito de la aceptación de los hechos y de los antecedentes de investigación, que son valorados conforme a lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, se tendrá por acreditado el siguiente hecho en los mismos términos por los cuales se ha acusado por el Ministerio Público, esto es: “En el marco de una investigación dirigida por la Fiscalía Local de Victoria en conjunto con Policía de Investigaciones se dio cumplimiento en horas de la mañana del día 19 de mayo de 2023, a orden de entrada y registro autorizada previamente por vuestro tribunal al domicilio de los acusados SONIA MILLAPE MILLANAO y JOSÉ MILLAPE MILLANAO, ambos ubicados en Comunidad Santa Filomena de la comuna de Victoria. En ese contexto, al efectuar el registro al domicilio de la imputada SONIA MILLAPE MILLANAO a las 07:15 horas, se encontró al interior de la casa habitación diversas especies que la imputada guardaba, mantenía en su poder y a su disposición, tales como, diversas cajas y frascos de vidrio transparente que contenían sustancias vegetales de color verde, las que permanecían en periodo de secado y granel, con un peso neto de 8.156.04 kilogramos, las que fueron incautadas, posteriormente al realizar la correspondiente prueba de campo arrojó coloración positiva a la presencia de cannabis sativa THC. Continuando con el registro, en una de las habitaciones del inmueble de la acusada se encontraron 03 equipos radiales maraca Baofeng, 01 marca Todo Radio, 01 baliza para vehículo color azul, mientras que en el frontis del inmueble se encontró 01 rifle a postón calibre 5.5 mm, marca Benjamín, además de 02 teléfonos celulares uno color negro y otro color violeta, ambos marca Samsung. En el exterior de dicho inmueble, específicamente al interior de un invernadero fueron halladas 60 plantas de cannabis sativa, las cuales eran cultivadas por la imputada, careciendo de autorización alguna que permita su cultivo, cuya altura oscila entre 67 y 200 cm. Del mismo modo, en el entretecho del domicilio registrado fueron encontrados 01 pistola color negro, calibre 8mm, marca Bruni, modelo MOD, 92, con 143 cartuchos 9mm y 148 cartuchos de fogueo de 8mm. Paralelamente a lo anterior, a las 07:15 horas del día 19 de mayo de 2023, se llevó a cabo la entrada y registro autorizada judicialmente, al domicilio del imputado JOSÉ MILLAPE MILLANAO, encontrando las siguientes especies que guardaba, mantenía en su poder y a su disposición, específicamente en la cocina del inmueble 01 escopeta, calibre 16 mm, con culata de madera, con su cañón y culata recortada, sin número de serie visible, seguidamente en una habitación del mismo fue hallada una
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Victoria, veinticinco de septiembre del año dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Victoria, con fecha veintidós de septiembre del año en curso, se llevó a cabo audiencia de procedimiento abreviado de conformidad a lo establecido en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal con la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica