Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS

Rol

O-6860-2022

Fecha

2 de octubre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 04 de diciembre de 2022, a las 12.00 horas aproximadamente, el requerido JORGE SEGUNDO GALAZ ABALOS ingresó al interior de las instalaciones de la minera ALCAPARROSA, ubicadas en Ruta C-35, kilómetro 3, de Tierra Amarilla, saltando el cierre perimetral, y una vez que se encontraba al interior, tomó varios cables de cobre, los cuales mantenía apilados, con la finalidad de sustraerlos, siendo sorprendido por guardias de seguridad. A raíz de lo anterior, GALAZ ABALOS, con un cuchillo cocinero, les manifestó a los guardias de seguridad, las víctimas EDUARDO ANDRES VILLALOBOS DIAZ, NICOLAS ALEXANDERS YAITE FARIAS y CRISTIAN PATRICIO PEREZ ESPINOZA textualmente, “sapos culiaos, los tengo de perkin, donde te vea te voy a pitiar y matar sapo conchetumadre”, dichos que causaron temor a las víctimas de verse expuestas al mal prometido atendida su seriedad y verosimilitud. Con posterioridad a ello, GALAZ ABALOS huyó del lugar, siendo detenido por Personal de Carabineros, quienes lo sorprendieron manteniendo en su poder, dos cuchillos de 15 centímetros de largo, marcas ROSTFREI y DINEMAITE, sin justificar razonablemente su porte. SE DECLARA: I. Que se condena a JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de AMENAZAS SIMPLES, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena Código: QYDWXXXXMXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que se condena a JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de c

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de AMENAZAS SIMPLES, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena Código: QYDWXXXXMXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que se condena a JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III. Que se condena a JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE EN LA VÍA PÚBLICA, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y COMISO especie incautada. IV. El Tribunal reconoce UN día de abono entre el 04 al 05 de diciembre de 2022, periodo superior a 12 horas en que estuvo privado de libertad por la presente causa, al efecto, la pena de multa se tendrá por cumplida. V. Pena efectiva: No concurriendo en la especie los requisitos para sustit

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó, dos de octubre de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 2201215013-3 RIT: 6860 - 2022 IMPUTADO: JORGE SEGUNDO GALAZ ÁBALOS C.I. 15.392.066-4 FECHA DE NAC. 04 de abril de 1979 DIRECCION Calle MARGARITA ROCO Nº 287 COMUN A: Tierra Amarilla. DELITO AMEN

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