Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ MAURICIO ALEJANDRO CARVACHO RODRÍGUEZ

Rol

O-80-2020

Fecha

27 de septiembre de 2023

Materia

FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL), ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Con fecha 29 de junio de 2023, alrededor de las 17:40 horas, en Avenida Bernardo O’Higgins N°1741 de Temuco, en la vía pública, mientras carabineros de la sección de investigaciones policiales, realizaba patrullajes preventivos y al momento de proceder a realizar un control preventivo al imputado, éste se ofusco y le señaló textualmente a los carabineros, quienes se habían identificado con sus respectivas placas “pacos, conchas de su madre yo sé dónde viven, pacos culiaos los voy a matar”, razón por la cual se debió utilizar fuerza, para proceder a su reducción, posteriormente y en momentos en que se procedía a su reducción y traslado al vehiculo policial, se pudo verificar la identidad del imputado y además éste continuó con las amenazas, señalándoles textualmente “ Ustedes no son vivos pacos culiaos, los voy a matar, nos vamos a encontrar en la calle otra vez”. Ademas de poder verificar, que el mantenía una orden de detención, que era el origen del control, que derivó en éstas amenazas. Temuco, veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés Código: DPRPXXMXEJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por e

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 14,15, 24, 25, 26, 30, 49,50, 52, 67 69, 70 y 442 Nª1 ,495 Nª5 del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a JUAN PEDRO ÑANCUPIL SILVA, ya individualizado, como autor del delito tentado de Robo con fuerza en lugar no habitado, por los hechos ocurridos en la esta ciudad el día 05 de enero de 2020 a la penas de cuarenta y un ( ) días de prisión en su grado máximo y como aut

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RESUMEN RIT : - RUC : - MATERIA : Robo con Fuerza en lugar no habitado y Falta de Respeto a la Autoridad. IMPUTADO : JUAN PEDRO ÑANCUPIL SILVA CÉDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Calle ANTIFIL Nª 6 , Sector Santa Rosa, Temuco ATENUANTES : No Concurre AGRAVANTES : No Concurre RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hecho Nª : “El 05 de enero de 2020, alrededor de las 01:00 horas, los ac

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