MINISTERIO PUBLICO C/ JOSÉ RENÉ MÁRQUEZ MONTIEL
Rol
O-289-2022
Fecha
22 de septiembre de 2023
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento Simplificado en contra don JOSE RENE MARQUEZ MONTIEL, cédula nacional de identidad Nº 10.209.935-4, domiciliado en LA VARA SENDA CENTRAL S/N de Puerto Montt. SEGUNDO: Que en mérito de los antecedentes agregados en carpeta fiscal y que ha hecho referencia el Ministerio Público en audiencia de juicio simplificado y que constan en audio, unido al reconocimiento de responsabilidad del requerido de conformidad a lo previsto en el artículo 395 del Código Procesal Penal, son suficientes para estimar que se encuentran acreditados los siguientes hechos: El día 10 de mayo del año 2022, alrededor de 14:00 horas, en circunstancia que la víctima Rosa Miguelina Villarroel Millapel, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Eusebio Lillo N° 1985 de la comuna de Puerto Natales, junto a su conviviente el requerido JOSE RENE MARQUEZ MONTIEL, quien producto de una discusión, sin causa ni motivo justificado agrede a la víctima con golpe en el rostro a mano abierta, para luego tomarla fuertemente de los brazos para que no salga del inmueble, a raíz de lo anterior la victima resulto con equimosis en brazo derecho de 2 centímetros, lesiones de carácter leve según el informe del médico de turno. TERCERO: Que los hechos relacionados en el requerimiento tipifican un delito LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal en relación al artículo 399 del mismo cuerpo legal y ello relacionado al artículo 5 de la Ley N° 20.066. La participación que se Código: FHXEXXGFWRF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl atribuye al requerido es la de autor en el delito señalado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 N°1 del Código Penal, en grado de desarrollo del delito de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público ante la adm
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 7, 11 N°9,14, 15 Nº 1, 399, 494 N°5 del Código Penal, y artículos 388 y 395 del Código Procesal Penal y ley 20.066, se declara: I.- Que SE CONDENA a don don JOSE RENE MARQUEZ MONTIEL, cédula nacional de identidad Nº 10.209.935-4, ya individualizado, como autor de un delito de lesiones menos graves, en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de consumado, cometido en esta comuna, el día 10 de mayo de 2022, a sufrir una pena del pago de una Multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, más la pena accesoria establecida en el artículo 9º de la Ley 20.066 letra b) la prohibición de acercarse a la víctima, en cualquier lugar donde ella se encuentre, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, en un radio no inferior a 100 METROS, por el plazo de 1 año. II.- Que atendido el mayor tiempo de privación de libertad del día 21 al 22 de septiembre de 2023, se abona dicho tiempo y se da por cumplida la pena pecuniaria señalada precedentemente. III.- Que se le exime del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en los hechos señalados en el requerimiento provocando el ahorro de recursos fiscales. Cúmplase en su oportunidad con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, dese copia, y archívese si no se recurriere. RIT: 289-2022 RUC: 2200454943-4 Código: FHXEXXGFWRF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dict
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Puerto Natales, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento Simplificado en contra don JOSE RENE MARQUEZ MONTIEL, cédula nacional de identidad Nº 10.209.935-4, domiciliado en LA VARA SENDA CENTRAL S/N de Puerto Montt. SEGUNDO: Que en mérito de los antecedentes agregad
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