14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ NILZA VIVIANA GUZMÁN BRAVO

Rol

O-6415-2022

Fecha

29 de septiembre de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, con esta fecha, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral simplificado en la causa Ruc Nº2201076646-3, RIT Nº 6415-2022, en contra de la requerida CAMILA YESSENIA CUEVAS ALBORNOZ, chilena, 36 años de edad, nacida el 9 de abril de 1987, comerciante, soltera, cédula de identidad N°16.691.567-8, domiciliada en calle Isla Quiriquina N° 8920, comuna de La Granja, representado por la Sra. Defensor Penal público doña Alejandra Rubio, quien citado legalmente compareció a la audiencia de juicio oral. Presente también el representante del Ministerio Público el Sr. Fiscal Adjunto don Gustavo Ahumada. En la presente causa se presentó en su oportunidad requerimiento en procedimiento simplificado en contra de la requerida, ya individualizado, por los siguientes hechos; “Que el día 31 de octubre del año 2022, a las 04:30 horas aproximadamente, las imputadas Camila Yessenia Cuevas Albornoz, y Nilza Viviana Guzman Bravo, empujaban por av. Santa Raquel con calle Carahue comuna de la florida, un triciclo de color verde, con especies en su interior, las que estaban ocultas y cubiertas con un manto de tela , comúnmente utilizadas en locales comerciales tipo lubricentros, tales como diversos bidones de lubricantes, cajas de herramientas, gata hidráulica, taladros etc., especies que portaban conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de las mismas, las cuales habían sido sustraídas por desconocidos desde el local comercial de propiedad de don Luis Pino Bustamante ubicado en serrano 423, comuna de la florida en horas de la noche del 31 de octubre del año 2022”. El ilícito antes expuesto a juicio del Ministerio Público, constituye el delito de Receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A, del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, correspondiéndole a la requerida una participación, en carácter de autora, por la que solicita se condene al requerido a la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo al pago de una multa de 5 unidades tributarias mensuales, no invocando para tal efecto circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que el Ministerio Público en su alegato de apertura instó por la absolución del requerido en atención a que los testigos no se presentaron a juicio, pese a estar válidamente notificados y prescindió de la restante prueba ofrecida, en la clausura reiteró la petición. Que la defensa efectuó la alegación en su alegato de apertura y clausura en los mismos términos que el Ministerio Público. Código: YXTFXXXRHGF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que no existiendo prueba para ser ponderada, existe más de una duda razonable acerca de la efectividad de la existencia del hecho como de una eventual participación que analizar a la luz del Código Penal. Se debe tener presente que el legislado

Fallo

se declara que: I.- Que se absuelve a la requerida CAMILA YESSENIA CUEVAS ALBORNOZ, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo ordenado por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Hecho archívese. DICTADA POR DOÑA ANDREA ACEVEDO MUÑOZ, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR DECIMOCUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Código: YXTFXXXRHGF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-29T17:00:53-0300

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, con esta fecha, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral simplificado en la causa Ruc Nº2201076646-3, RIT Nº 6415-2022, en contra de la requerida CAMILA YESSENIA CUEVAS ALBORNOZ, chilena, 36 años de edad, nacida el 9 de abril de 1987, comerciante

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